La Corte Suprema ordenó se desarrolle una Consulta Indígena por un proyecto de mejoramiento en el Parque Nacional Villarrica.

Lo anterior, tras acoger recursos de protección ingresados por comunidades mapuches en contra de la Conaf y el Gobierno Regional en La Araucanía.

En la sentencia, los ministros y un abogado integrante de la Tercera Sala establecieron el actuar arbitrario e ilegal de las entidades públicas ya citadas.

Esto, al decidir que no procedía la consulta indígena por -en su opinión- no existir afectación a las comunidades que habitan en zonas que serán intervenidas.

La decisión fue valorada por el abogado patrocinante de los recursos, Sergio Millamán. El funcionario precisó que la Corte ordena apegarse a lo dispuesto en el Convenio 169 de la OIT suscrito por Chile

La resolución agregó que no resulta atendible la alegación de los organismos, ya que las comunidades estaban en conocimiento de las obras desde una fecha anterior.

Lo anterior, puesto que únicamente se entregó antecedentes y quien los recibió no tiene posibilidad de influir en la decisión.

Las obras corresponden a la construcción de baños, duchas, casetas, sitios de camping, terrazas, estacionamientos, alcantarillado y agua potable.

Estaría ubicados en cuatro sectores del parque, terrenos en los que hay espacios donde comunidades mapuches realizan prácticas religiosas y culturales.