El Tribunal de Antofagasta rechazó, por ahora, fijar la audiencia solicitada por la defensa de la exalcaldesa Karen Rojo para debatir la sustitución de su condena por el régimen de libertad vigilada intensiva, conocida como “pena mixta”, al concluir que aún no existe un informe favorable de Gendarmería, requisito exigido por la ley.
La resolución, dictada este jueves, y a la que pudo acceder Bío Bío, establece que el informe técnico del organismo constituye un presupuesto indispensable para siquiera convocar la audiencia en que se discuta la procedencia del beneficio, descartando que antecedentes remitidos desde la penitenciaría de Utrecht, en Países Bajos, puedan reemplazar dicha exigencia legal.
En su solicitud, la defensa de Rojo había pedido fijar audiencia para analizar la interrupción de la pena privativa de libertad y su reemplazo por libertad vigilada intensiva, argumentando, entre otros antecedentes, que ya se abonaron 1.463 días a la condena y que existían precedentes judiciales donde el beneficio se habría tramitado sin un informe de Gendarmería.
Sin embargo, el tribunal sostuvo que el artículo 33 de la Ley 18.216 exige expresamente un informe favorable de Gendarmería de Chile, el que debe evaluar factores como el riesgo de reincidencia, las posibilidades de reinserción social, el comportamiento de la condenada y la factibilidad del monitoreo telemático, entre otros aspectos.
Tribunal ofició a Gendarmería
Junto con rechazar la solicitud, el tribunal ordenó oficiar a la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería para que determine si Karen Rojo cumple los requisitos establecidos en la ley y, de ser así, elabore el informe correspondiente en un plazo no superior a 45 días.
La resolución añade que, una vez recibido ese documento, si el informe resulta favorable, se fijará la audiencia para debatir la pena mixta. En caso contrario, la decisión será puesta en conocimiento de la defensa.