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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Comisión de Constitución del Senado aprobó aumentar las penas máximas para menores infractores de ley en el debate por modificar la ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Se incrementaron los techos de pena, estableciendo 15 años como máximo para menores de 16 y 17 años, y 10 años para los de 15 y 16 en delitos graves. El senador Andrés Longton resaltó reglas objetivas para determinar penas en delitos violentos. La senadora Claudia Pascual criticó el aumento generalizado de penas, abogando por la reinserción social. Por su parte, el senador Arturo Squella mencionó la reincidencia en delitos violentos como fundamento. Jorge Fiol de la Subsecretaría de Derechos Humanos advirtió sobre menores en prisión y la reducción de reinserción.

La Comisión de Constitución del Senado votó a favor de aumentar las penas máximas para menores infractores de ley, en el debate por el proyecto que modifica la ley de Responsabilidad Penal Adolescente.

La instancia también apoyó un cambio en el criterio para calcular la determinación de penas para menores de edad en comparación con las penas que recaen sobre adultos con esos mismos delitos.

En concreto, se aumentaron los techos de pena, llevando a 15 años como pena máxima para los menores de 16 y 17 años, y 10 años para los de 15 y 16, para los delitos más graves del Código Penal.

El senador de Renovación Nacional, Andrés Longton, autor del proyecto, destacó que las reglas especiales para determinar penas para los menores de edad tengan un criterio objetivo para el catálogo de delitos más violentos.

Longton explica el efecto de la aprobación con el ejemplo de un homicidio simple, asegurando que en la práctica, algunos tribunales y jueces siempre prefieren el techo más bajo de la pena para los menores de edad.

“Si en un homicidio simple la pena es de 10 a 20 años, lo que ocurre en la actualidad es que algunos jueces empiezan a calcular la disminución desde el mínimo, desde los 10 años. Y eso distorsiona la aplicación de todas las reglas y, en definitiva, termina en una pena muy baja”, sostuvo.

La senadora del Partido Comunista, Claudia Pascual, emplazó al ejecutivo recordando que el foco de la norma debía ser endurecer sanciones para los reincidentes, pero en la práctica, se están aumentando las penas para todos los delitos.

Pascual dice que no busca que no haya castigo, pero que no se elimine la posibilidad de la reinserción social.

“No estoy buscando que no se pague por un delito cometido, pero que tengan la posibilidad de no terminar condenando a que alguien que cometió un delito, a los 12, 13, 14, para siempre terminó con un historial delictivo y nunca más hubo ninguna posibilidad“, expresó.

El senador y presidente del Partido Republicano, Arturo Squella, dice que la intención del oficialismo no es cerrar la puerta a la reinserción, pero advierte que el foco de la propuesta se funda en posiciones de algunos invitados que explicaron que el autor de delitos violentos tiende a ser reincidente.

“Tienen una aproximación mayor a aquellos responsables de delitos violentos, a diferencia de los otros, a reinicidir. El proyecto busca que estén en régimen cerrado efectivo”, dijo.

Jorge Fiol, coordinador del Área Jurídica de la Subsecretaría de Derechos Humanos, advirtió que las penas contra menores de edad deben ser siempre inferiores a las que recibe un adulto, recordando que mientras más tiempo pasan en prisión, hay menor posibilidad de reinserción.

“La sanción del adolescente siempre tiene que guardar una proporcionalidad que es inferior a la del adulto. Poner una sanción que vaya en una extensión demasiado larga en el tiempo, va a terminar en ninguna efectiva reinserción social de esa persona“, subrayó.

Además, la comisión aprobó una norma relativa a los delitos contra la propiedad, cuando estos sean cometidos por menores de edad, sancionando todos estos delitos como consumados.

Esto hace alusión, por ejemplo, a los llamados “portonazos y encerronas”, que en ocasiones se definían como delitos tentados o frustrados y esa condición reducía la pena.