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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Contraloría General de la República emitió un informe que revela irregularidades en el ingreso de ciudadanos haitianos a Chile bajo la modalidad de reunificación familiar entre 2022 y 2025. Se constató que el Servicio Nacional de Migraciones aplicó excepciones a requisitos legales sin facultades, vulnerando el ordenamiento jurídico. Se detectaron incumplimientos en documentación, falta de coordinación entre instituciones y adultos responsables de múltiples menores.

La Contraloría General de la República concluyó que el Servicio Nacional de Migraciones aplicó criterios excepcionales en procesos de reunificación familiar de ciudadanos haitianos sin contar con atribuciones legales para ello. El organismo sostuvo que los requisitos, documentos y condiciones fijados por la Ley de Migración no podían ser modificados ni exceptuados mediante un simple memorándum interno, advirtiendo una “evidente vulneración” al ordenamiento jurídico. El informe final también detectó graves falencias de coordinación institucional, debilidades en el seguimiento de menores y anunció procesos disciplinarios.

El informe final de la Contraloría General de la República sobre el ingreso de ciudadanos haitianos bajo la modalidad de reunificación familiar no sólo confirmó las observaciones adelantadas en el preinforme que desató un intenso debate político e institucional, sino que zanjó las responsabilidades de lo que ocurrió entre 2022 a 2025.

El documento concluye que el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), dirigido por Luis Eduardo Thayer (FA), aplicó excepciones a requisitos exigidos por la ley sin tener facultades para hacerlo, configurando lo que el organismo fiscalizador describe como una vulneración al ordenamiento jurídico.

En un informe de 147 páginas, fechado el 24 de junio de 2026, la División de Fiscalización de la Contraloría revisó los permisos de reunificación familiar otorgados a ciudadanos haitianos, el funcionamiento de los controles migratorios, la coordinación entre organismos del Estado y la situación de niños y adolescentes ingresados al país durante 2025.

Pero una de las conclusiones más severas apunta directamente al mecanismo utilizado por Migraciones para flexibilizar exigencias documentales en favor de determinados solicitantes.

La Contraloría recordó que la Ley N° 21.325 establece expresamente que los procedimientos, documentos, plazos y requisitos para acceder a permisos migratorios deben estar regulados por la propia ley y sus reglamentos.

Pese a ello, detectó que el servicio aplicó criterios excepcionales sustentados en un memorándum interno.

La conclusión del organismo fiscalizador fue categórica: “Los requisitos y documentación idónea para el ingreso y egreso del país están establecidos en la citada ley y en sus respectivos reglamentos, no pueden ser modificados o exceptuados mediante un simple memorándum”.

Y agrega una afirmación particularmente dura desde el punto de vista jurídico: “ello implica arrogarse atribuciones propias de los poderes colegisladores, o de la potestad reglamentaria en su caso”.

Más adelante, el informe señala que los cambios relativos a procedimientos, condiciones y requisitos “debían ser modificados o exceptuados por ley o, en su caso, mediante decreto supremo sometido previamente a toma de razón y debidamente publicado en el Diario Oficial, nada de lo cual se cumplió”, se lee sobre la página 50 del documento.

“Evidente vulneración” del ordenamiento jurídico

La Contraloría sostiene que la decisión de flexibilizar requisitos fue adoptada únicamente mediante un memorándum, pese a tratarse de materias reservadas a la ley o a reglamentos sometidos a control de juridicidad.

Por ello, concluye que “se configuró una evidente vulneración a nuestro ordenamiento jurídico”.

El informe agrega que las excepciones aplicadas en determinados expedientes “no resultan admisibles” y que los requisitos legales “no pudieron ser dejados sin efecto o exceptuados mediante el anotado documento interno”.

A raíz de ello, el organismo anunció una medida de especial relevancia: “esta Contraloría General instruirá directamente un procedimiento disciplinario tendiente a determinar la responsabilidad administrativa de los funcionarios que participaron en la emisión y aplicación del referido memorándum”.

Asimismo, ordenó que en el futuro el servicio sólo establezca eventuales procedimientos excepcionales mediante actos administrativos formalmente válidos y siempre que existan atribuciones legales expresas para ello.

Certificados vencidos, documentos sin legalizar y pasaportes observados

La investigación identificó múltiples incumplimientos en los expedientes revisados. Entre ellos, certificados de antecedentes penales vencidos, certificados de nacimiento sin legalización, pasaportes que no cumplían las exigencias reglamentarias y ausencia de documentación requerida respecto de vínculos familiares.

En varios casos, Migraciones justificó las flexibilizaciones invocando el complejo contexto político y de seguridad que afectaba a Haití.

Sin embargo, la Contraloría rechazó ese argumento. Respecto de las excepciones aplicadas, sostuvo que el servicio actuó: “Sin contar con atribuciones para exceptuar los procedimientos, requisitos y condiciones fijados en la ley N° 21.325 y en sus reglamentos”.

Añadiendo que con ello: “Se vulneró la normativa constitucional y legal”. Por esa razón mantuvo las observaciones formuladas durante la investigación.

Falta de coordinación entre instituciones

Otra de las conclusiones centrales apunta al actuar conjunto del Estado frente a la llegada masiva de menores haitianos.

La Contraloría determinó que el Servicio Nacional de Migraciones, la Policía de Investigaciones y la Subsecretaría de la Niñez “no han actuado coordinadamente” frente al fenómeno migratorio registrado durante el período auditado.

Según el informe, no existían protocolos para compartir información de forma oportuna, mecanismos para enfrentar situaciones críticas ni procedimientos conjuntos que permitieran efectuar una trazabilidad efectiva de los menores ingresados al país.

La investigación detectó ausencia de medidas específicas para casos tan sensibles como: fallecimiento del familiar que justificaba la reunificación, menores que viajaban sin padres o tutores legales, seguimiento posterior al ingreso al país y verificación efectiva de domicilios y responsables.

La Contraloría calificó la coordinación como un “deber jurídico” y no como una simple recomendación administrativa. Por ello, resolvió incorporar esta materia al procedimiento disciplinario que instruirá para determinar eventuales responsabilidades.

Adultos que aparecen asociados a numerosos menores

El informe también examinó los controles aplicados en el vuelo no regular WAL-801, proveniente de Haití y arribado a Chile el 15 de octubre de 2025.

Si bien la PDI acreditó haber efectuado verificaciones respecto de los adultos acompañantes, la Contraloría detectó otro antecedente llamativo. Según el documento, “durante los años 2024 y 2025 hubo 12 personas extranjeras que presentan de manera habitual ingresos al país como adultos responsables de numerosos menores”.

El caso más extremo corresponde a una persona que aparece como responsable de 34 menores en un vuelo realizado el 5 de abril de 2025.

Vuelo sin listado de pasajeros

Respecto del vuelo WAL-801 de Caribbean Sun Airlines, la investigación concluyó que la aeronave llegó al país sin presentar el listado de pasajeros exigido por la Ley de Migración.

Debido a esa omisión, la Contraloría anunció la realización de un Examen de Cuentas Autónomo para determinar eventuales responsabilidades y sanciones derivadas del incumplimiento.

Las responsabilidades que busca determinar Contraloría

El informe final cierra con una batería de medidas que deben cumplir los estamentos fiscalizados.

Dentro de la lista se solicita iniciar varios procedimientos disciplinarios, entre ellos uno por la falta de coordinación institucional, otro por las irregularidades detectadas en la tramitación de reunificaciones familiares, también un procedimiento disciplinario por la emisión y aplicación del memorándum que permitió excepcionar requisitos legales.

Se pidió por parte de Contraloría realizar un examen de Cuentas por el vuelo WAL-801 a la DGAC, solicitud de revisitas para determinar la situación efectiva de los menores no ubicados y ampliar la lista misma, y formuló un requerimiento de controles coordinados a nivel de toda la Administración del Estado respecto de menores ingresados bajo reunificación familiar.