Casi 150 millones de pesos debe un hombre chileno, radicado en Estados Unidos desde el 2015, por concepto de pensión de alimentos. Al estar inscrito en el Registro Nacional de Deudores, el Registro Civil rechazó renovar su pasaporte y carnet de identidad, por lo que el afectado presentó un recurso que fue rechazado por la justicia.

Esta semana, la justicia rechazó un recurso de amparo presentado por un hombre chileno radicado en Estados Unidos, a quien se le negó la renovación de su cédula de identidad y pasaporte por encontrarse inscrito en el Registro de Deudores de Pensión de Alimentos.

Vale recordar que el mencionado registró comenzó a funcionar a fines del 2022, luego de que la pandemia del covid-19 permitiera revelar los montos millonarios debidos por este concepto en el país.

Niegan renovación de carnet y pasaporte a deudor de Pensión de Alimentos

De acuerdo a lo informado por el Diario Constitucional, el hombre, que vive en Estados Unidos desde el 2015, presentó un recurso de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Registro Civil e Identificación y la PDI.

Según el escrito, el recurrente solicitó la renovación de su cédula de identidad ante el Consulado de Chile en Los Ángeles, California, en agosto de este año.

Sin embargo, la solicitud fue denegada por encontrarse inscrito en el Registro de Deudores de Pensión de Alimentos, “lo que vulnera su derecho a la libertad personal y seguridad individual”, alegó.

Lo anterior, “puesto que se encuentra impedido no solo de ingresar a Chile, sino que a cualquier otro país, lo cual resulta ilegal, puesto que, la denegación del pasaporte es de carácter reglamentario, por lo que no se le puede restringir además su libertad ambulatoria, en cuanto no hay medidas cautelares en su contra”.

Debe más de 150 millones de pesos

Ante esto, la Corte de Apelaciones de Santiago, en la región Metropolitana, rechazó la acción, ya que, el “Registro Civil e Identificación no ha cometido acto ilegal, puesto que se ha limitado a aplicar lo previsto en el artículo 32 de la Ley N°14.908”.

Cabe destacar que anteriormente, el Juzgado de Familia de La Serena informó que el hombre presentaba una deuda por pensión de alimentos de 2.313,6 UTM (casi 150 millones de pesos).

A raíz de aquello es que se ordenó la anotación del amparado en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.