Tras considerar la existencia de reiteración en los incumplimientos del régimen de visitas, la Corte de Apelaciones de Concepción confirmó el castigo de cinco días de cárcel para una mujer que prohibió la visitas del padre de su hija.

En Concepción., la Corte de Apelaciones rechazó un recurso de amparo presentado por la defensa de una mujer que prohibió la visitas regulares del padre de la hija que tienen en común.

Esto, tras una resolución del Juzgado de Familia de Talcahuano que ordenó cinco días de cárcel por la situación antes mencionada.

Tras establecer que se actuó en el ejercicio de sus facultades, considerando que la madre había incumplido -en reiteradas oportunidades- el régimen de visitas, la Quinta Sala del Tribunal de Alzada no acogió la acción constitucional presentada por el abuelo materno.

Corte de Concepción considera la reiteración de incumplimientos

“Teniendo en consideración ‘la reiteración en los incumplimientos que, como ya se ha dicho, se presentan en esta causa desde el año 2019’ del régimen vigente por parte de la amparada, resolvió acoger la solicitud de apremio planteada por el padre el 20 de diciembre de 2022, decretando la orden de arresto”, se lee en el fallo.

Agregando que “la orden de arresto se encuentra fundada y ha sido expedida por tribunal competente, pues resulta ser un hecho manifiesto la renuencia de la amparada a cumplir con el régimen de relación directa y regular que se encuentra establecido”.

Lo anterior, “afectando con ello el interés superior de la niña y sin que los apercibimientos dispuestos en su contra la hayan disuadido de incurrir en aquellos”, concluye el fallo.

“Se resuelve que, se rechaza el recurso de amparo deducido por don J.A.S.L., en favor de su hija F.V.S.R. y de su nieta de iniciales D.A.CH.S, en contra del Juez Titular del Tribunal de Familia de Talcahuano”, concluye.