La "Ley Uber" o "EAT" busca regular las empresas y servicios de transporte remunerados por medio de un registro de electrónico, el cual estará a cargo de la Subsecretaría de Transportes. Entre los requisitos que señala la norma, exige que todos los conductores deberán contar con licencia profesional, así como no tener anotaciones en el certificado de antecedentes especiales.

Este jueves, la Sala del Senado aprobó la Ley de Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT), también conocida como “Ley Uber” o “EAT”, que busca regular las apps de movilización, así como aumentar la seguridad de los usuarios y conductores.

En específico, la iniciativa fue aprobada por 26 votos a favor, uno en contra y una abstención. Con esta normativa se pretende fiscalizar el transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se presten.

Tras ser respaldado el informe por la Cámara alta de la Comisión Mixta, la ley fue promulgada por el Ejecutivo y comunicada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT).

¿En qué consiste la “Ley Uber”?

En concreto, la iniciativa determina que estas aplicaciones se considerarán como empresas de transporte remunerado de pasajeros. Así, se entenderá que la plataforma forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte.

Del mismo modo, define que estas empresas tendrán la obligación de inscribirse en un registro electrónico de Empresas de Aplicación de Transporte (EAT) a cargo de la Subsecretaría de Transportes. En este se consignarán informaciones de la empresa y de los vehículos, así como de los conductores asociados.

Los vehículos solo podrán estar inscritos en una de las regiones en las cuales se encuentre registrada la EAT. La falta de los antecedentes requeridos o su consignación parcial inhabilitará la inscripción.

En el marco de requisitos de prestación del servicio, la “ley Uber” exige que se contraten seguros para los vehículos, conductores, pasajeros y terceros. Las empresas deberán ser personas jurídicas, ser del giro de transporte remunerado de pasajeros y contar con un canal de consulta y reclamos.

Además, demanda informar al usuario la tarifa de manera anticipada, la que no podrá variar.

Conductores deberán contar con licencia profesional

Por otra parte, establece que sólo se registrarán vehículos de propiedad de personas naturales. Asimismo, limita el registro a un máximo de dos vehículos totales por cada propietario. No obstante, se permite que puedan operar en distintas EAT.

Con el fin de velar por la seguridad de los pasajeros, obliga a los conductores a contar con una licencia profesional. Junto a ello, se exige no tener en su certificado de antecedentes especiales anotaciones por delitos. De forma contraria, se eliminará a la persona del registro oficial.

Cabe recordar que esta ley se presentó en 2019, siendo tramitada en el Congreso durante más de 3 años hasta su promulgación.

De esta manera, se espera aumentar la seguridad tanto de usuarios al momento de solicitar un servicio, como de conductores de aplicaciones móviles en sus labores.