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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Este 18 y 19 de septiembre, la mayoría de los comercios permanecerán cerrados debido a las Fiestas Patrias, que son feriados irrenunciables. Sin embargo, hay excepciones como restaurantes, farmacias de urgencia, casinos y tiendas de conveniencia en servicentros. Los pequeños negocios de barrio también podrán abrir si son atendidos por sus dueños o familiares directos. La normativa establece que los locales deben cerrar el jueves 17 a las 21:00 horas y permanecer cerrados hasta el domingo 20 a las 6:00 horas. El incumplimiento de estas medidas puede acarrear multas de 5 a 20 UTM por empleado.

Si este viernes 18 de septiembre tienes un asado y olvidaste comprar lo que ibas a llevar, podrías tener problemas para solucionarlo. Y es que casi la totalidad del comercio está cerrado por Fiestas Patrias.

Recordemos que esta es una de las pocas festividades que son feriados irrenunciables, por lo que muchas empresas debieron bajar sus cortinas. Sin embargo, hay algunas excepciones.

La normativa exceptúa de esta obligación a restaurantes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, clubes, aeropuertos, casinos, expendios de combustibles, farmacias de urgencia y aquellas con turnos sanitarios, además de tiendas de conveniencia en servicentros que preparen alimentos.

Al mismo tiempo, la Dirección del Trabajo recordó que “los pequeños negocios de barrio podrán abrir, siempre y cuando sean atendidos por sus propios dueños o familiares directos”.

Es así que estos son los únicos tipos de comercio en los que podrás abastecerte durante este 18 y 19 de septiembre.

¿Cuándo reabrirá el comercio tras Fiestas Patrias?

Si bien los feriados irrenunciables solo son el viernes 18 y sábado 19 de septiembre, la ley establece que esta condición empieza a regir antes de las fechas y termina al día siguiente de la festividad.

Por un lado, la normativa obligaba al comercio a bajar sus cortinas a más tardar a las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre. Por otro lado, establece que los locales deberán permanecer cerrados hasta las 6:00 del domingo 20. Es así que después de esta hora podrán reabrir y atender con normalidad.

Cabe destacar que el incumplimiento de estas medidas se sanciona con multas para los empleadores, que van de 5 a 20 UTM ($358.605 a $1.434.420), según el número de trabajadores que tenga la empresa. La penalización deberá pagarse por cada empleado afectado.

En tanto, este tipo de situaciones irregulares pueden denunciarse a través del sitio web de la DT www.dt.gob.cl. Lo anterior aplica en casos de trabajadores que sean obligados a trabajar el 18 y 19 de septiembre, siempre que no desempeñen labores en los rubros que están exceptuados del cumplimiento de la ley.