Parlamentarios de oposición proponen plazo de cinco días, entre la aprobación de una ley y su promulgación, para evitar que el Ejecutivo publique iniciativas advertidas por su constitucionalidad, como la recientemente aprobada ley que endurece penas y multas contra quienes infrinjan medidas como la cuarentena.

Si bien el Gobierno hizo público el anuncio sobre la aprobada ley el pasado jueves, fue el miércoles y tres horas después de su despacho en el Congreso, que el Ejecutivo presentó la documentación para su promulgación.

Por esto, la reserva de constitucionalidad había anunciado el diputado socialista Marcos Ilabaca, y que fue presentada el jueves, fue declarada como inadmisible por el Tribunal Constitucional.

El documento reunió las 43 firmas para su presentación, sin embargo, al estar fuera de plazo, fue rechazado por el organismo.

Quienes suscribieron el recurso -todos de oposición- acusaron censura del Gobierno hacia la legitima facultad de los diputados de presentar reserva de constitucionalidad por alguna iniciativa.

Por esto, el socialista Juan Luis Castro afirmó que parlamentarios del bloque acordaron modificar el reglamento de manera que -ante aviso de reserva de constitucionalidad- se otorgue un plazo de cinco días entre la aprobación del libelo y su promulgación.

El subjefe de bancada de la UDI, el diputado Álvaro Carter sostuvo que la premura del Gobierno responde -según dijo- a la “desobediencia de la ciudadanía” a las medidas de confinamiento.

El abogado constitucionalista, y docente de la Universidad Diego Portales, Domingo Lovero, aclaró que actualmente la velocidad con que se promulga un proyecto es “discrecional” al Presidente de la República.

La Ley que modifica el Artículo 318 del Código Penal -es decir, poner en riesgo la salud pública-, fue promulgada el pasado jueves por el propio presidente Sebastián Piñera, quien indicó que la iniciativa busca que el castigo para quienes no cumplan con las medidas sanitarias sea ejemplificador.