La Operación Renta 2019, que parte este lunes 1 de abril, tiene una característica particular: los trabajadores que emiten boletas están obligados a imponer el total o parte de sus ingresos, y pagar así -entre otras cosas- su cobertura de salud (Fonasa) y cotizaciones previsionales (AFP).

En concreto, las modificaciones a la Ley de Protección Social -aprobada por el Congreso en 2018- permitirán que los trabajadores independientes tengan acceso al seguro de invalidez y sobrevivencia, cobertura contra accidentes laborales y enfermedades profesionales, derecho a cuidar a los hijos en el marco de la Ley Sanna, prestaciones de salud, licencia médica, pre/post natal, derechos a asignaciones y pensiones.

Aunque, dicha obligatoriedad no rige para quienes en 2018 hayan boleteado un monto inferior a cinco ingresos mínimos mensuales, es decir, 1,4 millones de pesos en total.

Agencia UNO
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Asimismo, los hombres de 55 años o más y las mujeres de 50 hacia arriba, al 1 de enero de 2018, quedarán exentos de esta nueva normativa.

La subsecretaria de Previsión Social, María José Zaldívar, explicó que 578.000 trabajadores a honorarios deberán pagar sus cotizaciones. Para la autoridad, con la implementación de esta ley, se termina con las diferencias entre trabajadores dependientes y aquellos que emiten boletas.

Las personas que hagan su Operación Renta desde este lunes al 23 de abril, tendrán su devolución electrónica el 13 de mayo; quienes lo hagan entre el 24 y 29 de abril, tendrán su pago el 17 de mayo; y quienes realicen su declaración entre el 30 de abril y el 9 de mayo, la retribución será el 24 de mayo.

Obligación gradual

El director del Servicio de Impuestos Internos, Fernando Barraza, detalló que la obligatoriedad se realizará de manera gradual. Por ello, la autoridad preparó un plan de orientación para los trabajadores que están obligados a cotizar el total o parte de sus ingresos.

Tradicionalmente, previsión y salud representan un 17% de los ingresos de los trabajadores. Pero a quienes prestan servicios a honorarios, durante el año sólo se les retuvo un 10%. Por ello, con la nueva ley se instaurará el incremento gradual de la retención en 0,75% anual, hasta llegar al 17% en 2027.

Asimismo, este 2019 los contribuyentes sujetos a la obligación de cotizar tendrán dos opciones: permitir que el SII le retenga el 10% para salud y previsión o acceder al pago reducido de un 3%.

Eso sí, dicha determinación tiene consecuencias en las prestaciones a obtener. Por ejemplo, si el trabajador se acoge a una licencia médica y pagó el 10%, el pago de dicha licencia será calculado en base al 100% de su sueldo y en las mismas condiciones de los trabajadores contratados.

De lo contrario, si sólo pagó el 3%, el trabajador obtendrá un pago proporcional a ese monto. Del mismo modo, la cobertura de los demás beneficios también será limitada.

Con todo, la Subsecretaría de Previsión Social habilitó el sitio www.leyhonorarios.cl, en el cual está toda la información disponible y hay respuesta a una gran cantidad de preguntas frecuentes que han surgido entre los trabajadores.