En similar situación, la cadena Walmart desde 2021 que aplicó contratos multifunción a sus empleados. Es decir, sin especificar una función y bajo la figura de “operador de tienda”.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una multa de 60 UTM ($3,8 millones, aproximadamente) aplicada a la empresa supermercadista Rendic Hermanos SA (Unimarc), por no especificar en los contratos de trabajo los servicios determinados que deben cumplir los trabajadores.

Se trata de contratos denominados como de “multifunción”, en los cuales los empleados deben rotar de funciones en los locales: por ejemplo, una semana pueden ser reponedores; y a la siguiente hacer el aseo o manipular carnes o embutidos.

En fallo unánime, la Décima Sala del tribunal de alzada rechazó un recurso de nulidad que presentó la empresa en contra de la sentencia relacionada a esta situación.

La Corte indicó que se logró dar por establecido en la causa que en los contratos de trabajo y/o en los anexos respectivos -y que fueron fiscalizados por la Inspección del Trabajo- “no hay delimitación alguna en las funciones encomendadas a los trabajadores, sino que se les encomienda todas las acciones que conlleva la operación del local”.

En similar situación, la cadena Walmart (Lider, Express de Lider, aCuenta y Central Mayorista) desde 2021 que aplicó contratos multifunción a sus empleados. Es decir, sin especificar una función y bajo la figura de “operador de tienda”.

Por ello también ha tenido que enfrentar a la justicia y en abril de este año la Subsecretaría del Trabajo, junto con la Dirección del Trabajo (DT), anunciaron una fiscalización a nivel nacional a los locales de la cadena.