Las indicaciones del Ejecutivo aprobadas apuntan a que el procedimiento entregue "mayor certeza para todos los intervinientes cuando la entidad bancaria deba entregar la información solicitada".

El Ministerio de Hacienda destacó que en una sesión de votación en particular de la Reforma Tributaria, la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja aprobó los artículos asociados a las modificaciones sobre el secreto bancario y la norma de tasación.

En lo que respecta a secreto bancario, las indicaciones del Ejecutivo aprobadas apuntan a que el procedimiento entregue “mayor certeza para todos los intervinientes cuando la entidad bancaria deba entregar la información solicitada”.

En detalle, el Servicio de Impuestos Internos notificará del requerimiento por carta certificada tanto al banco como al contribuyente y, si este último se opone y reclama judicialmente, los datos no serán entregados hasta que exista una sentencia por parte del tribunal tributario.

Respecto a este último punto el ministro de Hacienda, Mario Marcel, explicó que en el proyecto original se incluía la posibilidad que el solicitante podría comparecer sin el patrocinio de un abogado.

“Pero en el trabajo con los asesores y distintos actores se llegó a la conclusión de que era preferible excluir esta opción de tal manera que los intereses del contribuyente estuvieran adecuadamente defendidos y no quedaran en una situación de menoscabo”, comentó.

En cuanto a la norma de tasación, el proyecto busca entregar mayor certeza a los contribuyentes estableciendo la posibilidad de utilizar métodos de amplia aplicación para acreditar que sus operaciones se realizan a valores de mercado.

Entre las indicaciones se agregó la posibilidad de que el contribuyente no utilice ningún método, manteniendo la obligación de acreditar, en caso de que se requiera, los antecedentes de la transacción analizada.