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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El diputado del Frente Amplio, Jaime Bassa, presentó un proyecto de ley para penalizar la organización de redes de bots que manipulen la opinión pública o procesos electorales, inspirado en acusaciones sobre el consultor argentino Fernando Cerimedo. Se busca modificar la ley de delitos informáticos para penar con presidio de 541 días a 5 años y multa a quienes contraten, administren o financien estas campañas, simulando opiniones públicas para influir en elecciones o plebiscitos.

El diputado del Frente Amplio, Jaime Bassa, presentó un proyecto de ley que busca tipificar y sancionar la organización, administración, financiamiento o contratación de redes de bots destinadas a manipular la opinión pública o procesos electorales.

El proyecto surge a raíz de las distintas acusaciones que vinculan al consultor político argentino Fernando Cerimedo con procesos electorales chilenos en los que habría buscado influenciar una postura por medio de supuestas noticias falsas. Ejemplo de ello fue el primer proceso constituyente, donde aseguró haber diseñado y apuntalado campañas digitales en favor de la opción Rechazo.

Además, recientemente, surgieron cuestionamientos por sus supuestos vínculos con actores vinculados al entorno de Kast, con quienes se habría buscado instalar y mantener temas como trending topic durante la campaña presidencial de 2025.

¿Qué dice el proyecto de ley que busca tipificar y sancionar el uso de bots para influir en procesos electorales?

Teniendo en contexto estos antecedentes, la iniciativa busca modificar la Ley 21.459 sobre delitos informáticos, estableciendo una pena de presidio que va de 541 días a 5 años, a lo que se suma una multa, para quienes contraten, administren o financien este tipo de campañas.

“El que contratare, organizare, administrare o financiare una red de cuentas de redes sociales o perfiles digitales, automatizados o de identidad falsa o supuesta, para simular la existencia de opinión pública, o de participación en el debate político, e incidir con ello en un proceso electoral o plebiscitario, o para simular apoyo o rechazo respecto de personas, candidaturas electorales, partidos políticos, políticas públicas o iniciativas legislativas, será castigado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo y multa a beneficio fiscal equivalente al doble del valor de los dispositivos o servicios digitales contratados“, indica el único artículo del proyecto de ley.

Además, la iniciativa establece las siguientes dos agravantes para este delito que se busca tipificar y para las cuales se aplicaría la pena en su grado máximo.

1. Ejecutar la conducta como parte de una actividad comercial organizada o con ánimo de lucro.
2. Ejecutarla con la finalidad de afectar la honra o la dignidad de una persona determinada, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos de injuria o calumnia que resultaren cometidos.