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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Congreso aprobó un proyecto que prohíbe el uso de celulares en colegios de educación parvularia, básica y media desde el año escolar 2026. La medida será supervisada por la Superintendencia de Educación, que establecerá los mecanismos para su aplicación. Se contemplan excepciones como necesidades educativas especiales, emergencias, enfermedades certificadas, uso pedagógico y razones de seguridad, con autorización del director.

El Congreso dejó en condiciones de convertirse en ley al proyecto que prohíbe el uso de celulares en establecimientos de educación parvularia, básica y media. La medida comenzará a regir desde el inicio del año escolar 2026.

La normativa contempla una serie de excepciones y su aplicación quedará a cargo de la Superintendencia de Educación, organismo que deberá establecer los mecanismos y condiciones para su correcta implementación en los establecimientos.

Soledad Garcés, directora del Diplomado en Bienestar Socioemocional y Convivencia Escolar de la Universidad de los Andes (Uandes), valora el avance que implica esta regulación para el cuidado de la salud mental de niños, niñas y adolescentes.

“El aprobar esta ley nos pone a la altura de otros países del mundo que están intentando cuidar la salud mental de nuestros niños”, señala la experta.

Prohibición de uso de celulares en colegios ¿Cuáles son las excepciones?

Las excepciones que indica el proyecto para autorizar el uso de celulares en determinadas situaciones son las siguientes:

·Cuando el estudiante presente necesidades educativas especiales, acreditadas por un certificado profesional.
·En situaciones de emergencia, desastre o catástrofe.
·Si el alumno padece una enfermedad o condición de salud que requiera monitoreo mediante estos dispositivos, certificado por un médico.
·Cuando el uso del dispositivo sea útil para la enseñanza en actividades curriculares o extracurriculares.
·Si el padre, madre o apoderado lo solicita de forma temporal por razones fundadas de seguridad personal o familiar.

En los dos últimos casos, la autorización deberá ser otorgada por el director del establecimiento.