La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de amparo en favor de niños desalojados por Carabineros desde el fundo El Retiro 3 en Ercilla y ordenó a la policía uniformada iniciar un sumario administrativo por los hechos denunciados.

La acción legal fue interpuesta por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) -Sede Araucanía- en favor de siete niños y niñas, cuyas edades fluctúan entre los seis meses y nueve años de edad, además de sus respectivos progenitores pertenecientes a la comunidad Rankilko del sector Malleco Bajo de la comuna de Ercilla. En dos oportunidades –julio y noviembre de 2015- fueron desalojados por trabajadores de Forestal Mininco auxiliados por funcionarios de Carabineros, resultando sus viviendas completamente destruidas.

Según el INDH, como consecuencia de la acción desplegada por los particulares y la fuerza pública y de conformidad a informes del Servicio Nacional de Menores–Sename- los niños y niñas presentan graves secuelas traumáticas derivadas de la acción que motivó el recurso.

La Corte sostuvo que sin perjuicio de las facultades legales y constitucionales conferidas a las Fuerzas de Orden y Seguridad, dentro de la cual está la de controlar el orden público, lo cierto es que el uso de dichas facultades se encuentra limitada por el respeto de las garantías constitucionales, que la misma Carta Fundamental consagra, concluyendo que en el presente caso dichos limites se sobrepasaron, afectando derechos y garantías de los niños y niñas. Ante ello se decidió interponer el recurso de amparo.

El tribunal de alzada además ordenó a Carabineros de la Novena Zona que en los procedimientos policiales que deba implementar, actúe con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, absteniéndose, en lo sucesivo, de afectar los derechos fundamentales de los menores amparados. Junto con ello se dispuso se instruya un procedimiento sumarial, en el que se investigue la eventual existencia de responsabilidades administrativas en relación a estos hechos.