El gobierno y el Poder Judicial coincidieron en que debe ser acatado el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó a nuestro país por aplicar la Ley Antiterrorista contra comuneros mapuche.

Los ministerios de Justicia y de Relaciones Exteriores serán los encargados de analizar la resolución y definir los medios para aplicarla.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos responsabilizó al Estado chileno de violar los principios de legalidad y presunción de inocencia de siete comuneros mapuche y una activista, quienes fueron juzgados y condenados sobre la base de la Ley Antiterrorista.

La decisión del tribunal internacional ordena a nuestras autoridades, como reparación, adoptar “todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier otra índole para dejar sin efecto, en todos sus extremos, las sentencias penales condenatorias emitidas en contra de las ocho víctimas”.

Lo anterior quiere decir que se exige al Estado anular las penas que fueron de entre 5 y 10 años por los delitos de incendio y tentativa de incendio, calificados de terroristas, en hechos ocurridos en 2001 y 2002 en zonas de La Araucanía y Bío Bío.

El ministro de Justicia, José Antonio Gómez, explicó que junto a la Cancillería estudiarán los mecanismos para aplicar este fallo de la Corte Interamericana.

En tanto, la vocera de la Corte Suprema, la ministra Gloria Ana Chevesich, coincidió en que hay que acatar el fallo. Explicó que esperarán las indicaciones del Ministerio de Justicia y evitó hacer más comentarios, porque es una materia que debe analizar el pleno del alto tribunal, sostuvo.

El tribunal internacional, además, encontró que en la fundamentación de las sentencias de los jueces nacionales se utilizaron “razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios”, es decir, que se discriminó.

La directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Lorena Fríes, compartió que en términos generales en nuestro país se segrega.

Una de las abogadas que alegó a favor de los comuneros mapuche ante la CIDH, la profesional de la Defensoría Penal Pública Myriam Reyes, explicó que cómo debería implementarse este fallo.

Cabe destacar que esta vez las autoridades no se verán obligadas a cambiar la ley, puesto que en el gobierno de Sebastián Piñera eliminó el carácter subjetivo de la norma que permitía a los jueces determinar “la intención terrorista” de las acciones.