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Delito de flagrancia: cuando pueden y cuando no pueden ser detenidos los constituyentes

Por Juan Pablo Peralta
Con información de Plataforma Contexto
Jueves 15 julio de 2021 | 19:53
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Gran controversia y polémica ha generado durante la jornada de este jueves la detención de dos constituyentes en el marco de una manifestación en Plaza de Armas, teniendo como consecuencia la suspensión momentánea de las labores convencionales, aunque una vez siendo liberados, se volvió a sesionar.

Manuel Woldarsky y Alejandra Pérez, ambos convencionales de la Lista del Pueblo fueron apresados por personal policial al interponerse frente a los manifestantes que pedían libertad para los denominados presos de la revuelta.

Por esto, el vicepresidente de la Convención Constitucional, Jaime Bassa, se dirigió a la Tercera Comisaría de Carabineros para constatar el estado de los constituyentes detenidos. Por otra parte, un buen número de los convencionales que seguían sus labores se negaron a sesionar en la tarde si Woldarsky y Pérez no eran liberados.

Así, se generaron algunas críticas según el actuar de la mesa al hacerse presente en el lugar, sin embargo, Jaime Bassa señaló que ellos no pueden estar ajenos a lo que pasa en el país ni mucho menos con los constituyentes.

De este modo, el hecho puntual abre el debate de si los convencionales pueden ser detenidos o no por las fuerzas policiales, tomando en cuneta la labor que desarrollan y la protección que les pueda dar la ley.

Delito de flagrancia

De acuerdo al artículo 134 de la Constitución “a los integrantes de la Convención les será aplicable lo establecido en los artículos 51, con excepción de los incisos primero y segundo; 58, 59, 60 y 61”.

De esta forma y, de acuerdo a lo establecido en el artículo 61 de la Constitución, “ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante”.

Pero, ¿que es un delito flagrante? En palabras simples es aquel que está claro que se ha cometido, quiere decir que no abre espacio a la duda para considerar culpable al autor de este hecho.

De esta forma, los constituyentes, desde que fueron elegidos el 16 de mayo, sólo pueden ser detenidos si son aprehendidos en flagrancia, al igual que los parlamentarios.

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