Prisión preventiva para dos carabineros investigados por presuntos vínculos con robo de camiones

Créditos: CONTEXTO / Agencia UNO
Publicado por Felipe Reyes
La información es de Nicolás Espinoza Riquelme

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Lunes 20 febrero de 2023 | Publicado a las 19:03 · Actualizado a las 19:34

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Dos carabineros deberán ingresar a prisión preventiva tras ser formalizados por sus presuntos vínculos con una banda dedicada a robar camiones. Ambos uniformados, de la 54° Comisaría de Huechuraba, habían quedado con arresto domiciliario total, pero la Corte de Apelaciones de Santiago determinó que debían cumplir con la medida cautelar más gravosa.

La Corte de Apelaciones de Santiago revocó la medida cautelar de arresto domiciliario total para dos excarabineros formalizados por presuntos vínculos con una banda dedicada al robo de camiones.

En su reemplazo, el tribunal dispuso la prisión preventiva para ambos imputados.

El primer uniformado es César Fuica Figueroa, quien se desempeñaba como sargento de la 54° Comisaría de Huechuraba, en la región Metropolitana.

De acuerdo a fuentes de Radio Bío Bío, su función consistía en proporcionar información a los delincuentes sobre eventuales órdenes de detención en contra.

Pericias a teléfonos celulares darían cuenta de las conversaciones y copias de transferencias de dinero al carabinero.

En segundo término está Yoni Henríquez Hernández, quien tenía el puesto de cabo primero en la misma unidad policial. En este caso, el uniformado está imputado por su eventual participación en la comercialización de armas de fuego que el mismo Fuica Figueroa le habría proporcionado.

Tras ser detenidos, los excarabineros fueron formalizados por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago y quedaron con la medida cautelar de arresto domiciliario total. Sin embargo, tras una apelación del Ministerio Público, la Corte de Apelaciones decidió dejarlos en prisión preventiva.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)

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