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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Ley 20.898, conocida como la "Ley del Mono", permite regularizar viviendas y ampliaciones de forma simplificada hasta el 31 de diciembre de 2027, siempre que cumplan ciertos requisitos como haber sido construidas antes de febrero de 2016 y no estar en zonas de riesgo. Para este trámite, se debe presentar una solicitud y documentación específica en la Dirección de Obras Municipales. Este proceso simplificado evita la necesidad de un trámite de recepción final y puede aumentar la plusvalía de la propiedad.

La Ley 20.898 es una ley actualizada de la llamada “Ley del Mono”, la cual permite realizar un trámite simplificado para regularizar una vivienda o una ampliación.

Al hacer esto, el propietario protege el valor patrimonial de su propiedad y facilita su futura venta, arriendo o financiamiento hipotecario.

Ley del Mono: requisitos y documentación necesaria para regularizar una vivienda o una ampliación

De acuerdo al artículo 1 de esta ley, las viviendas con edificaciones realizadas por el propietario que no cuenten “con recepción definitiva, total o parcial, emplazadas en áreas urbanas o rurales, podrán hasta el 31 de diciembre de 2027 obtener los permisos de edificación y de recepción definitiva, en forma simultánea, siempre que las viviendas cumplan, además, los siguientes requisitos”:

• Haber sido construidas antes de la publicación de esta ley (4 de febrero de 2016).

• No estar emplazadas en áreas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público. Tratándose de áreas urbanas, deberán estar emplazadas en suelo que admita el uso residencial.

• Que la vivienda sea menor a 90 (m2) y el avalúo fiscal menor a 1.000 UF.

• Que la vivienda sea menor a 140 (m2) y el avalúo fiscal menor a 2.000 UF.

• No tener, a la fecha de ingreso de la solicitud de regularización, reclamaciones escritas pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas ante la Dirección de Obras Municipales o el Juzgado de Policía Local respectivo.

• Que cumpla con los requisitos técnicos y normativos que indica la ley 20.898.

Para realizar el trámite, los propietarios deberán presentar ante la Dirección de Obras Municipales respectiva una solicitud de permiso y recepción simultánea, acompañando los siguientes documentos:

• Formulario de solicitud.
• Declaración simple de dominio y ausencia de reclamos.
• Especificaciones técnicas resumidas, planos de emplazamiento (1:500) y planta (1:50) firmados por arquitecto.
• Informe profesional de cumplimiento normativo y certificado de avalúo fiscal del SII vigente al 4 de febrero de 2016.

Cabe recordar que dicho trámite se debe realizar en la Dirección de Obras Municipales de tu comuna y debe ser patrocinado por un arquitecto o profesional competente.

¿Cuáles son los beneficios de acogerse a esta ley?

Como se mencionaba anteriormente, se trata de un trámite simplificado, por lo cual tiene menos exigencias que otros trámites de regularización de propiedades, solo con un plano de arquitectura.

Asimismo, al ser simplificado, el propietario no deberá realizar el trámite de recepción final de la propiedad porque viene incluido en el trámite de esta ley, dado que es permiso y recepción a la vez.

Además, aumentará la plusvalía de la propiedad y los pagos de los derechos municipales serán menores a los otros tipos de regularizaciones y, en algunos casos, estará exento de pago.

Los cambios que propone el nuevo proyecto

Recientemente, la Cámara de Diputados despachó al Senado el proyecto de ley que modifica la “ley del mono”, y que busca ampliar el régimen de regularización excepcional de viviendas. El plazo de vigencia pasaría del 31 de diciembre del 2027 a la misma fecha del año 2029, siempre que las edificaciones hayan sido construidas antes del 28 de noviembre del 2025.

Además, se contempla la creación de Equipos Comunales de Regularización de Viviendas, quienes deberán entregar asistencia a las familias del 60% más vulnerable del Registro Social de Hogares.

El presidente de la comisión de Vivienda, el diputado de Renovación Nacional, Juan Carlos Beltrán, destacó que se haya logrado este paso en el avance de la tramitación del proyecto.

“Miles de familias de nuestro país van a poder optar a regularizar su construcción y, de esa manera, poder optar a los beneficios del Estado de Chile. Como coautor de este proyecto, me siento honrado, feliz”, sostuvo.

El proyecto deberá continuar su tramitación en el Senado, donde ya se dio cuenta de su ingreso y fue derivado para su discusión en la Comisión de Vivienda.