Las autoridades explicaron a los padres que serán beneficiarios de la Nueva Ley Sanna los aspectos de esta normativa que comenzará a regir plenamente a partir de febrero.

La aplicación de la misma comenzará por los niños enfermos de cáncer, donde esperan beneficiar a aproximadamente 51 familias, para luego sumar otros aspectos de la ley.

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La Ley Sanna busca que sean los padres de niños entre 0 y 18 años, quienes sean beneficiarios ante posibles enfermedades catastróficas como el cáncer infantil, trasplantes, desahucio o accidente grave con riesgo vital, puedan tomar licencia para acompañar a sus hijos en estas etapas decisivas.

En ese sentido el seremi del trabajo, Rodrigo Alarcón, planteó que se trabajará con un fondo que se creó mediante la cotización del trabajador correspondiente al 0,3% a costa del empleador.

Explicó que el procedimiento “parte principalmente por un certificado médico e informe del área médica que tenga tratamiento del niño o la niña, posteriormente esta licencia el trabajador debe presentársela a su organismo administrador, en este caso las mutualidades”.

Luego de eso será el empleador quien, a través de la mutualidad, hará llegar el certificado médico y todos los antecedentes requeridos a la Compin.

El seremi Alarcón aseguró que según los protocolos de la normativa amparada en la ley, la Compín está obligada a responder antes de 7 días.

Los beneficiados

Valeska Sandoval es una de las madres que accederá a los beneficios de la nueva ley: su hijo sufre de insuficiencia renal y para ella la rutina diaria es desgastante.

Esto, al punto que debió renunciar a su trabajo, quedando sin sustento para solventar gastos asociados a la enfermedad.

“Que ahora se promueva esta ley y se nos ayude a los papás ya sea con 15, 40, 60, 90 días, ya es una gran ayuda para iniciar”, sostuvo.

Además apreció que esto significará una ayuda “tanto para los papás que ya vienen iniciando con una enfermedad, como los que ya llevamos tiempo (para que) podamos volver a nuestros trabajos y recibir una remuneración para los cuidados de nuestros hijos, para los viajes, para los tratamientos médicos, para los medicamentos”.

Los padres podrán optar a licencias médicas en caso de accidente grave con riesgo vital (45 días), de desahucio (60 días) y de cáncer o trasplante (90 días).