AFP Capital interpuso una demanda indemnizatoria ante el 13° Juzgado Civil de Santiago, en contra de las empresas La Polar, PricewaterhouseCoopers (PwC) y nueve ex ejecutivos implicados en el caso en que se indagaron una serie de delitos económicos derivados de las más de un millón de repactaciones unilaterales a los clientes de la multitienda.

Entre los mencionados en el libelo figuran: Pablo Alcalde, Marta Bahamondes, María Isabel Farah, Pablo Fuenzalida, Martín González, Santiago Grage, Julián Moreno, Nicolás Ramírez e Ismael Tapia.

La demanda fue interpuesta por Juan Ignacio Correa de Correa y Gubbins, estudio que fue contratado para analizar las acciones a seguir en esta causa.

Respecto de la medida, desde la firma señalaron “AFP Capital se reservó el derecho de discutir el monto de los perjuicios patrimoniales en el cumplimiento incidental del fallo o en un juicio diverso; y, el juez de la instancia quedó facultado para fijar el daño moral ocasionado”.

El gerente general de AFP Capital, Eduardo Vildósola, sostuvo que esta acción viene a complementar las acciones realizadas por la compañía para cautelar el cuidado de los fondos de sus afiliados, tal como lo ha hecho durante todo el desarrollo de este caso.

El ejecutivo sostuvo que “hemos actuado en forma cuidadosa y diligente, tomando decisiones que nos han permitido disminuir las pérdidas ocasionadas por este ilícito que hoy investigan los tribunales de justicia”.

En este contexto, recordó que AFP Capital manifestó públicamente la necesidad de poner atención a la política de riesgo de la compañía; que redujo en forma importante la exposición accionaria en Empresas La Polar antes de los hechos esenciales que afectaron significativamente el patrimonio de esa sociedad.

Finalmente, al momento de conocerse el ilícito, optó por reducir la participación para no aumentar las pérdidas, y de inmediato interpuso acciones legales para perseguir responsabilidades tanto penales como civiles.

En el caso de Empresas La Polar, la culpa o dolo lo constituye la negligencia para establecer contrapesos y filtros organizacionales idóneos y eficaces para que los administradores demandados no cometieran el fraud, ni PwC fuera negligente al prestar sus servicios de auditoría.

La culpa o dolo de PwC radica en haber incumplido su obligación legal de auditar la contabilidad, inventario, balance y demás estados financieros de la Polar y sus filiales correspondientes al período que abarca los años 2007 a 2010.

En tanto, la culpa o dolo de los nueve ex ejecutivos demandados se fundamenta en diversas infracciones a la Ley de Sociedades Anónimas, a la Ley de Mercado de Valores y a la Ley General de Bancos.

Las infracciones consignadas son las siguientes: entrega maliciosa de antecedentes falsos a la SVS, mercado o público en general; declaraciones maliciosamente falsas; presentación de cuentas irregulares a los accionistas, informaciones falsas y ocultamiento de informaciones sociales esenciales; violación del deber de reserva que pesaba sobre ellos y utilización de información privilegiada en beneficio propio; uso de información privilegiada en transacciones de valores de oferta pública, y declaraciones falsas sobre propiedad y conformación del capital de la empresa y su aprobación o presentación.