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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Desde principios de junio, se implementó en la Región Metropolitana una nueva restricción vehicular que limita la circulación de autos y motos. Los vehículos con sello verde deben cumplir con la restricción según sus dígitos patentes, mientras que los sin sello verde tienen restricción para patentes que terminen en 0-1-2-3. Las multas por infringir esta norma van desde 1 a 1,5 UTM y hay excepciones para personas con discapacidad o enfermedades, previa autorización. La fiscalización corre a cargo de Carabineros y el Ministerio de Transportes.

Desde comienzos de este mes, los vehículos en la Región Metropolitana deben limitar sus salidas en auto -u otros vehículos motorizados- cuando les toca cumplir con la restricción vehicular. En el caso de automóviles, station wagons y similares con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre del 2011, los dígitos con restricción este martes 16 de junio son 0-1.

En tanto, para vehículos sin sello verde, la restricción vehicular de este martes aplica para las patentes que terminen en 0-1-2-3. Eso sí, dentro del anillo Américo Vespucio, estos vehículos tienen prohibición absoluta para circular, independiente del último dígito de la placa patente.

A las motocicletas inscritas antes del 1 de septiembre de 2010 les corresponden los números 0-1.

Cabe recordar que lo anterior aplica solo dentro de la provincia de Santiago y comunas de Puente Alto y San Bernardo, de lunes a viernes —salvo festivos—, entre las 07:30 y las 21:00 horas.

Restricción para circular entre las 10:00 y las 16:00 horas:

• Buses de transporte privado de personas, buses interurbanos y rurales pasajeros sin sello verde: 0-1-2-3.
• Transporte de carga sin sello verde: 0-1-2-3.

¿Cuál es la multa por infringir la restricción vehicular?

La multa por infringir la restricción vehicular oscila entre 1 y 1,5 UTM ($71.506 y $107.259), aunque su valor final depende de los juzgados de policía local.

Los vehículos de personas con discapacidad, enfermedades crónicas o TEA podrán quedar exentos de la restricción vehicular siempre que cuenten con credencial o certificado médico que acredite la condición.

Para ello, requieren una autorización previa de la Seremi de Transportes, que pueden tramitar en https://cerofilas.subtrans.gob.cl/ si son personas naturales. Las personas jurídicas deben hacerlo a través del correo ofiparteseremitrm@mtt.gob.cl. Encuentra más información del procedimiento en la siguiente nota.

Por último, mencionar que la medida es fiscalizada por Carabineros, en conjunto con la Unidad de Fiscalización del Ministerio de Transportes y la Red de Cámaras de Televigilancia dispuesta en toda la RM.

Señalar que, en caso de decretarse pre-emergencia ambiental, se informarán los dígitos adicionales que se restringirán, según informa el Ministerio de Transportes.