La Corte de Apelaciones Santiago rechazó un recurso presentado por TV Más SpA y mantuvo la multa de 20 UTM ($1,5 millones) que el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) aplicó al canal por dichos emitidos en el programa ‘Sígueme’.
La sanción se originó por comentarios realizados por Daniela Aránguiz sobre Antonella Ríos durante una emisión transmitida en horario de protección de menores.
En el espacio, la panelista cuestionó la trayectoria de la actriz y lanzó expresiones como que, después de estudiar durante años, “lo único que hacís es mostrar las bubis”, informó el portal Diario Constitucional.
TV+ recurrió contra la decisión del CNTV, argumentando que se trataba de una disputa mediática entre dos figuras adultas del espectáculo. Según la concesionaria, los dichos podían ser considerados vulgares o de mal gusto, pero no configuraban violencia simbólica ni una infracción al correcto funcionamiento de los servicios de televisión.
Sin embargo, el CNTV defendió la sanción y sostuvo que las palabras de Aránguiz menospreciaron públicamente a Ríos, reduciendo su trayectoria y corporalidad a un objeto de carácter sexual. Además, remarcó que el contenido fue emitido dentro de una franja protegida.
La Corte desestimó los argumentos de TV+ y concluyó que la multa se ajustó a derecho. El tribunal también descartó que fuera necesario abrir un término probatorio, ya que no existía controversia sobre la emisión de las frases, el horario ni el programa en que fueron transmitidas.
En su resolución, la Corte sostuvo que el contexto de un programa de farándula no excluye el cumplimiento de las normas televisivas. Además, advirtió que la emisión de los dichos “compromete, además, el deber de especial protección de niños y adolescentes”.
Finalmente, el tribunal confirmó la multa de 20 UTM contra TV Más SpA, correspondiente al mínimo previsto para este tipo de infracciones calificadas como levísimas.
Enviando corrección, espere un momento...