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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Tesorería General de la República comenzó el proceso de cobro de la deuda del Crédito con Aval del Estado (CAE) afectando a más de medio millón de personas. Se establecen dos formas de cobro dependiendo del ingreso: acciones judiciales directas para rentas sobre $5 millones y convenios de pago para ingresos inferiores. Los deudores con rentas menores a $5 millones pueden optar por un convenio con cuotas mensuales, calculadas en base al 10%, 15% o 20% de los ingresos y no menor a 1 UTM. Se requiere una deuda mínima de 1 UTM y no tener exclusiones por la Tesorería, con trámite online o presencial y vencimiento mensual de las cuotas.

Este lunes 6 de abril, la Tesorería General de la República (TGR) dio por iniciado el proceso de cobro de la deuda del Crédito con Aval del Estado (CAE). Según la información oficial, aquello afectaría a más de medio millón de personas.

En concreto, el plan establece dos directrices principales, donde la forma de cobrar dependerá del ingreso bruto del deudor. A quienes perciban rentas superiores a los 5 millones de pesos, se les aplicará un proceso de cobro con acciones judiciales directas. En tanto, quienes perciban un monto inferior podrán optar a convenios de pago, ¿qué son y cómo funcionan?

¿Cómo funcionan los convenios de pago para saldar la deuda del CAE?

Si dejas de pagar tu CAE durante un período prolongado y el banco en donde tenías tu deuda cobra la garantía al Estado, este asume esa deuda y pasa a la TGR, la responsable de gestionar el cobro.

Tras el último anuncio del organismo, ahora los deudores cuya renta sea inferior a 5 millones de pesos pueden optar por un convenio de pago con la TGR, permitiéndoles pagar la deuda a través de cuotas mensuales. En cualquier caso, también existe la opción de realizar el pago al contado.

Según explica la TGR, el valor de las cuotas se calcula en pesos, y el monto corresponderá, al menos, al 10%, 15% o 20% de tus ingresos registrados. Además, se considerará la deuda neta total CAE, no pudiendo el monto del pie y la cuota ser menor a 1 UTM.

¿Cómo se calculan los ingresos? De acuerdo con el organismo, el registro de los ingresos del nuevo convenio se realiza tomando la declaración de renta disponible en las Bases de Datos de la TGR, considerando el código 158 del Formulario 22. De no haber, se debe presentar un certificado de cotizaciones previsionales actualizado.

¿Qué necesito para hacer el convenio?

– Tener una deuda vencida de al menos 1 UTM, según el valor informado al momento de presentar la solicitud.
– No presentar exclusiones por Tesorería General de la República.
– Tener una renta mensual inferior a $5.000.000 brutos mensuales.
– Si acudes a oficinas de atención, presenta tus antecedentes básicos, como cédula de identidad y datos de contacto.

El trámite para generar un convenio de pago se puede hacer por Internet con tu Clave Única o Clave Tributaria o también de forma presencial acudiendo directamente a las oficinas de la TGR.

Todas las cuotas de los convenios de pago vencen el último día de cada mes. En ese sentido, debes saber que el convenio puede caducar cuando existan con dos cuotas impagas, sean estas seguidas o alternadas, y/o el no pago de la cuota de ajuste o cuota final.