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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Gobierno retiró la suma urgencia al proyecto de ley sobre Reglas del Uso de la Fuerza (RUF), desatando polémica tras una tensa sesión en la Comisión de Seguridad. Parlamentarios oficialistas criticaron al Ejecutivo por falta de diálogo y estrategia clara. Se cuestiona el principio de proporcionalidad en el uso de la fuerza. Tras perder la suma urgencia, la Cámara discutirá las modificaciones el próximo lunes. La ley regula el uso de la fuerza por policías y Fuerzas Armadas, detallando principios como legalidad, necesidad y responsabilidad, además de prohibir actos de tortura.

Este miércoles se generó una polémica en torno a la discusión del proyecto de ley sobre Reglas del Uso de la Fuerza (RUF), luego de que el Gobierno decidiera quitar la suma urgencia al trámite de la iniciativa.

La medida fue tomada a raíz de una compleja sesión de la Comisión de Seguridad, realizada el pasado martes 6 de mayo, donde se revisaron los cambios aplicados al proyecto en el Senado. Dicha revisión acabó sin votos a favor, uno en contra y 11 abstenciones.

En esa instancia, parlamentarios oficialistas cuestionaron duramente al Ejecutivo, acusando al Gobierno de “intransigente” y de no llegar con una estrategia clara, así como tampoco conversar con ellos, y explicarles de qué manera van a ser guiados políticamente para aprobar o rechazar elementos de la iniciativa.

Una de las críticas más significativas apunta al principio de proporcionalidad de la fuerza, ya que algunos parlamentarios quieren que esté más definida la prohibición de los efectivos policiales y militares de disparar cualquier tipo de armamento por arriba del torso, para preferir que sean las partes bajas del cuerpo de las personas.

Luego de quedar sin suma urgencia, se espera que el próximo lunes 12 de mayo, la Cámara discuta las modificaciones aplicadas al proyecto de ley sobre Reglas del Uso de la Fuerza del durante su paso por el Senado.

¿Qué propone el proyecto de ley de Reglas del Uso de la Fuerza (RUF)?

El proyecto, ingresado a la Cámara de Diputadas y Diputados en abril de 2023, busca reglar el uso de la fuerza por parte de las policías y Fuerzas Armadas, para restablecer o mantener el orden público y la seguridad pública interior, así como hacer cumplir la ley.

Según indica un informativo de la Cámara, esta facultad de policías y FF.AA. se puede ejercer a través de “medios físicos, mecánicos, cinéticos, químicos, eléctricos o de otro tipo, con el objeto de coaccionar o influir en el comportamiento de una persona, o causar daños materiales. Destaca, además, que su uso puede provocar lesiones e incluso la muerte”.

Tras su paso por el Senado, la iniciativa sufrió diferentes modificaciones, algunas de ellas son:

1. Principio de legalidad: las actuaciones que realicen siempre deben ajustarse a la Constitución, a los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, y a la ley.

2. Principio de necesidad: solo se podrá utilizar la fuerza cuando sea necesaria para el cumplimiento del objetivo encomendado.

3. Principio de responsabilidad: el uso de la fuerza, fuera de los parámetros establecidos en la presente ley, conlleva las responsabilidades de quienes la ejercen y, cuando la ley lo determine, la responsabilidad de los mandos respectivos y de la autoridad civil.

4. Principio de racionalidad: la fuerza debe ejercerse racionalmente por parte del personal, considerando las circunstancias, el lugar y el contexto.

5. Ningún miembro podrá infligir, instigar o tolerar actos de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. No se considerarán como tales “las molestias o penalidades que sean consecuencia únicamente de sanciones legales, o que sean inherentes o incidentales a estas, ni las derivadas de un acto legítimo de autoridad”.

6. Deber de planificación: las operaciones y procedimientos deberán contar con una planificación que considere las precauciones necesarias para proteger al personal, minimizar la necesidad de recurrir al uso de la fuerza y reducir al mínimo los daños que puedan provocarse.

7. Deber de prestar auxilio en caso de uso de la fuerza: el personal procederá de modo que se presten los primeros auxilios y servicios médicos a las personas que resulten heridas, cuando pudiera hacerlo sin detrimento propio.

8. Deber de registro: deberán registrarse aquellos eventos en que se haya hecho uso de la fuerza, a través de cualquier medio idóneo.

9. Deber de reportar: el personal deberá informar al mando que corresponda respecto de operaciones y procedimientos en que se haya hecho uso de la fuerza. Así también tendrán que informarse al Ministerio de Seguridad Pública o al Ministerio de Defensa Nacional.

10. Deber de protección y resguardo de niños, niñas y adolescentes: en el uso de la fuerza, el personal deberá actuar considerando el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.

11. Utilización de fuerza potencialmente letal: procede en los casos en que exista amenaza, o agresión actual o inminente contra la vida del personal o de terceros o peligro de que sufran afectaciones de consideración a la integridad física. El mismo artículo apunta que el uso de armas letales está prohibido para demostraciones de fuerza “excepto en casos que sea necesario para el logro del objetivo encomendado”.

12. Protección de infraestructura crítica: el personal dispuesto para la protección de infraestructura crítica hará uso de la fuerza de conformidad con lo establecido en los artículos precedentes. En casos en que se intente impedir “daños graves e inminentes a la infraestructura crítica”, las policías y FF.AA. podrán usar la fuerza potencialmente letal.

13. Personas arrestadas o detenidas: no podrán utilizar la fuerza contra personas arrestadas o detenidas, “salvo para asegurar o mantener el arresto o la detención, resguardar el orden y la seguridad en las unidades de detención o cuando esté en peligro la integridad física de los funcionarios policiales o de otras personas”.