La nueva ley es sin duda un avance en cuanto a justicia social y derechos de las mujeres. Sin embargo, el procesos legislativo y la culminación en una norma como esta, nos deja varias lecciones que es importante recalcar.

En primer lugar, la develación de la experiencia de las mujeres y su rol en la generación de políticas públicas. Este proyecto, que nace de una moción parlamentaria, recoge una necesidad sentida por la ciudadanía y en particular por las mujeres de nuestro país. La peregrinación de las mujeres en tribunales de justicia en búsqueda de alguna forma de solución a las deudas de alimentos que no paraban de acumularse, se suma a la responsabilidad y carga económica, social y emocional para mantener a esos hijos e hijas, con dobles o triples jornadas laborales. 

No fue sino hasta el retiro del 10% de los fondos de las AFP que se abrió una ventana de oportunidad para miles de mujeres en nuestro país, que pareció sorprenderse con los altos porcentajes de incumplimiento que poseemos. Lo particular de este proyecto así como el que crea el registro nacional de deudores, es que logran recoger precisamente la experiencia de las usuarias de los tribunales de familias, para corregir y modificar, aspectos procesales y legales que impedían el pago efectivo. 

De allí que el mayor aporte de esta ley no se limita al reconocimiento de la violencia económica, sino en todos aquellos aspectos prácticos y procedimentales, que fueron ajustados en base a esas experiencias. 

El rol de la sociedad civil en ese sentido es clave, no sólo porque logra poner de manifiesto problemáticas transversales en nuestra sociedad, sino porque además, es desde esa experiencia, que se logran identificar los distintos nudos y barreras que deben ser revisadas. Es la sociedad civil la responsable de que  proyectos como este o como el de reparación para víctimas de femicidio, logren relevar temas que durante años se han mantenido debajo de la mesa. 

Sin sociedad civil y sin la colaboración de congresos que avanzan en la incorporación de la perspectiva de género, proyectos como estos no tendrían cabida. De allí que la paridad en la representación de las mujeres en espacios de decisión sea tan importante. La mayor incorporación de mujeres permite levantar temáticas que normalmente no son vivenciadas por los varones y sobre esto, se han desarrollado varios estudios interesantes de mirar. 

Una segunda cuestión clave es relativo a los nuevos paradigmas sociales y jurídicos que evidencia esta ley. El papito corazón, el huacho y la madre soltera o madre luchona, han sido parte de la idiosincrasia de nuestro país históricamente. Como parte de nuestra realidad cotidiana, la sociedad chilena decidió hacer de éstos, personajes de historias cómicas o ensalzando valentía, cuando lo que realmente observamos eran distintas formas de violencia y abandono. 

En ese sentido, este proyecto viene a tensionar ese relato. Es una señal clara de que, como sociedad, no vamos a tolerar la irresponsabilidad en la crianza, en el cuidado y las formas de violencia como la económica. 

Aspectos claves como la limitación del efecto suspensivo de los pagos parciales en los apremios, o la obligación para distintos organismos del estado de informar, retener, pagar, o impedir inscripciones/renovaciones, van liberando a las mujeres de cargas que hasta ahora han soportado absolutamente solas y hace participe al Estado del cumplimiento de una obligación de carácter social y de derechos humanos.  

Asimismo, las incompatibilidades y limitaciones que incorpora la ley, por ejemplo, para el ejercicio de cargos públicos, la responsabilidad que pone en distintas instituciones so pena de multas, o la incorporación de la distribución y tasación económica del trabajo de cuidados para la sobrevivencia del alimentario, dan cuenta de cambios de paradigmas clave. 

En ese sentido, la ley avanza en los mecanismos para la ejecución de las resoluciones judiciales, dejando entrever la materialización del acceso a la justicia, sin dejar de ponderar otros intereses o circunstancias que también se encuentran dentro del ámbito de responsabilidad del Estado como es la limitación en los porcentajes que es posible retener de las personas cercanas a jubilar.

En definitiva, este proyecto aporta a la construcción de un nuevo paradigma en el cual, la violencia económica y la corresponsabilidad en los cuidados, son sacados de la esfera privada tal y como se ha establecido hace muchísimos años por la Convención de los derechos del Niño y otros instrumentos internacionales, para reconocerse como un problema público y un horizonte de justicia.

La ley no va a ser fácil de implementar, especialmente porque la institucionalidad se presenta como un terreno burocrático y hostil. Supone la coordinación entre los distintos órganos del Estado y sistemas que permitan la eficiencia y eficacia en esta y otras temáticas. Las resistencias que enfrentamos cada vez que avanzamos en justicia para las mujeres, alcanza a sujetos como el presidente de la ANFP,  Pablo Milad, que calificó la entrada en vigencia de la ley como populista y un caramelo. Lo cierto es que como él, persisten cientos de personas, que desconocen o deciden ignorar el alcance que tiene en una sociedad, los porcentajes de deudores de alimentos que poseemos y sobre todo las realidades que amparamos y promovemos con la tolerancia a estas formas de violencia.

Los cuidados son una responsabilidad social que implica la coordinación entre organismos públicos, privados y la sociedad toda, de manera que más allá de las dificultades en la ejecución que sin duda vamos a enfrentar, proyectos como estos, son absolutamente necesarios y de justicia social.

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