Dar beneficios a condenados por graves delitos contra las personas, contra la libertad y la seguridad sin consideración de las víctimas, es una atrocidad. Una conmutación de pena para el moribundo para permitir que muera rodeado de su familia en lugar de hacerlo con la presencia de otros condenados por graves delitos como él. Pero ni indulto ni libertad.

Los indultos en boga

Hace unos días escribía en otro medio sobre el tema que se ha puesto en el tapete: el perdón. Hay quienes piden perdón para las personas condenadas por violaciones de los derechos humanos durante la dictadura o durante los hechos violentos después del 18 de octubre de 2019. Otros piden que se indulte a todos los que están enfermos graves en las cárceles o para quienes se ven afectados por estados de demencia. La muerte de Aliste, condenado por la muerte de un policía, mientras estaba preso sensibilizó incluso a los defensores a ultranza de “nuestros carabineros” y lo utilizaron como ejemplo de la benevolencia que debe tenerse con los enfermos terminales.

Estoy de acuerdo que es un acto de misericordia permitir que quien está moribundo, pueda llegar a su final de la vida en su casa o rodeado de sus familiares, en lugar de hacerlo con la presencia de otros condenados por graves delitos como él. Entonces, más que indulto, podría plantearse una especie de conmutación de pena.

El tema de la enfermedad mental irreversible puede motivar el traslado a un hospital, pero no me parece que el indulto. A diferencia del general Pinochet que no pudo ser condenado por su estado de demencia, ellos fueron procesados y condenados en el mismo estado mental en el que cometieron sus delitos y deben llegar hasta el final con sus condenas, cumpliendo en la cárcel (lo que puede ser cruel y un castigo adicional para sus compañeros de prisión) o en un hospital para enfermos mentales irrecuperables.

A quién corresponde el perdón

El perdón, repito, es un acto de conmiseración, que corresponde en primer término, a quienes fueron ofendidos con la conducta que motivó la sanción penal.

Quienes piden que el Estado, a través del gobierno, decrete un indulto, están olvidando a quienes fueron víctimas de los delitos. A los que sufrieron la agresión o a sus familiares sobrevivientes. Ellos tienen la primera palabra. Y esto no es raro, porque en general quienes claman ansiosamente por estos indultos, tienen un razonamiento que he escuchado muchas veces, en el cual las víctimas no tienen importancia.

La primera frase –me la decía un antiguo amigo– para justificar la muerte, la prisión injustificada, los secuestros, las torturas, el exilio, las acusaciones falsas, los malos tratos, es siempre “algo habrá hecho”. Cuando yo fui detenido por la DINA con una acusación falsa, no había hecho nada reprochable y que justificara esa tortura psicológica (Secuestro en la calle, interrogatorio esposado y con los ojos vendados, amenazas), salvo ser abogado defensor de personas perseguidas tratando de conseguir un juicio justo, lo que para mi antiguo amigo podía ser casi un acto de terrorismo. “Defiendes a criminales”. Todos los abogados defienden a personas acusadas de ser criminales. Incluso el actual ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Tantos casos

Cuando Margarita Leblanc fue detenida y torturada, se la acusó de delitos que nunca cometió y finalmente, aunque parezca una broma macabra, fue absuelta por los propios tribunales militares. Ella fue una víctima de sus captores. Entonces la explicación de mi antiguo amigo fue: “para hacer tortilla hay que quebrar huevos. Son víctimas circunstanciales que deben aceptar la situación”. Son errores, me agregaba otro. ¿Y quién le pide perdón? Para detener a un sujeto que delinquió se reprime a muchos otros, pero esas víctimas deben soportar su situación. Es que esas víctimas no importan.

Y cuando Federico Álvarez Santibáñez fue golpeado por los carabineros que lo detuvieron hasta darle muerte (en realidad murió al salir del interrogatorio, minutos después ingresar a la cárcel), la explicación es que “él quería poner una bomba debajo de un bus”. No la puso, no la tenía, quería hacerlo nos dicen. Supongamos que fuera cierto y aceptemos –para seguir con el ejemplo– que haya reconocido que era así, ¿eso justifica el trato que se le dio? Tal vez no, dirán los más benevolentes partidarios del indulto a sus asesinos, pero no les interesa pedirle perdón a su esposa, su madre, sus parientes. No, piden que el Estado los perdone. Porque claro, como tenía tal vez responsabilidad en los hechos de que se le acusaba, su carácter de víctima no importa.

Las víctimas no interesan

Porque a quienes han propiciado, ejecutado, justificado con todo tipo de argumentos, los crímenes que llevaron a la cárcel a ciertas personas como autores, cómplices o encubridores, las víctimas no les interesan. Les interesa la altruista motivación de defender a la patria del terrorismo (aunque no existiera), del pensamiento distinto (que ya pensar es peligroso y pensar distinto doblemente), de quienes no les gustaba la falta de libertad, la persecución, la tortura, los asesinatos montados artificialmente como enfrentamientos.

Nos detuvieron sin orden alguna, fuimos amenazados (nosotros y nuestras familias), nos pegaron, dieron muerte a nuestros amigos, exiliaron a otros, muchos desaparecieron. Y, como las víctimas de los delitos no tienen importancia para ellos, quieren que sea la autoridad la que los indulte. Y que nadie nos pida perdón.

Nada nos sorprende

En este contexto de explicaciones y argumentos, ¿puede sorprendernos que el ministro de Justicia y de Derechos Humanos –defensor de Pinochet en los juicios criminales– decrete beneficios carcelarios para criminales? La mayoría de los beneficiados con su decisión son violadores o abusadores sexuales, aunque también criminales de lesa humanidad (que según los tratados suscritos por Chile no pueden recibir estos beneficios).

Los argumentos son notables.

Primero, hacer economía procesal. Segundo, seguir la inexistente doctrina de la Corte Suprema.

Esto lo explica: si yo, ministro, tengo sospechas fundadas de que la Corte Suprema va a acoger un amparo en el caso de que yo rechace la petición de beneficios, ¿para qué voy a obligar al condenado a tramitar un amparo, gastar dinero fiscal en abogados de la defensoría penal pública y poner a los abogados del ministerio a trabajar?

Pero, ministro, le podemos contestar, cabe la posibilidad de que el amparo sea rechazado. Sí, contesta el ministro, pero las estadísticas demuestran que es poco probable que eso suceda. ¿Entonces la economía, la estadística, el tiempo de sus abogados, es más importante que la protección y los derechos de las víctimas de esos delincuentes?

Ni doctrina suprema ni jurisprudencia

Lo que el ministro no sabe –probablemente ha olvidado o nunca lo supo– es que en los tribunales chilenos no hay jurisprudencia obligatoria, los fallos no generan doctrina, que cada caso se trata como único y por separado.

Claro, él cree que es como en la época en que gobernaba su cliente antes de ser demente: las cortes de apelaciones y la suprema rechazaban casi todo. Y nosotros los abogados “perdíamos el tiempo” presentando recursos de amparo y alegando en las salas judiciales. Pero cada vez era algo nuevo y poco a poco los tribunales fueron comprendiendo la realidad y asumieron, en más de un caso, que el amparo debía ser acogido o que debían tomarse medidas suficientes para hallar a los amparados. Para eso se le llama “habeas corpus” al recurso. Pasó pocas veces, pero pasó. Una sola vez que hubiese pasado justifica todos los amparos. Y pasó más de una vez.

El resultado no es igual

Nos dice el ministro (y exhibe decretos firmados por otros ministros) que si se dicta el decreto otorgando beneficios por disposición de la Corte o por voluntad del ministro, la situación final es la misma.

Si, claro, pero ¿y si cabe la posibilidad de que la corte rechace el amparo no sería distinto el tenor del decreto? Porque a nosotros nos importaban (y nos importan) las víctimas de los delitos.

Al ministro no. Porque es de aquellos abogados que lo justificaron todo, que protegieron a los criminales y que prefieren economías procesales que justicia.

Olvida el señor ministro que su ministerio se llama “Justicia y Derechos Humanos”. Tal vez no lo sabe o ignora los tratados que Chile ha suscrito en la materia y que tienen valor de ley. Quizás, incluso el ministro no se ha percatado de los primeros artículos de la Constitución que fija ciertos marcos de valores.

El perdón de las víctimas

Recordemos que cuando el diputado Tucapel Jiménez perdonó a uno de los asesinos de su padre, fue un acto personal derivado de una serie de circunstancias. Primero, el autor de los hechos, durante su tiempo de prisión, hizo una profunda reflexión que lo llevó a concluir que el acto que había realizado era injusto y manifestó su arrepentimiento. Se estableció una verdad (el asesinato por su mano) y recalificó su conducta, más allá de las justificaciones que pudo haber tenido (obediencia debida, temor reverencial a las autoridades, convicción de que estaba en una especie de guerra en la que había que matar al enemigo), como algo incorrecto y grave. Segundo, en virtud de ese arrepentimiento, se comprometió a no perseverar en conductas de este tipo cualesquiera que fueren las circunstancias. Tercero, pidió a las víctimas, en este caso el hijo del asesinado, el perdón. Tucapel, tomando conciencia de ello, lo perdonó.

¿Alguien ha pedido el perdón de los niños, niñas, adolescentes y mujeres adultas que fueron víctimas de abusos y violaciones antes de darle beneficios? Los nombres de estos delincuentes y el perdón de los ofendidos deben ser conocidos por la ciudadanía, para entonces saber quiénes son los que pueden ser perdonados o beneficiados con rebajas en la condena.

Si hay un real proceso de arrepentimiento, si se establece la recuperación ética del condenado, si se ha cumplido la finalidad de la condena, si se abren las puertas del perdón de la víctima, la autoridad podrá asumir decisiones fundadas. Pero no por razones de ”economía procesal”.

Perdonar puede ser un gran acto humano, tanto del que pide perdón por sus actos como del que perdona. Pero eso debe ser claramente establecido.