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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Decimoquinto Juzgado Civil de Santiago dictaminó que Enel y Metrogas deberán indemnizar con más de 365 millones de pesos a los afectados por una explosión en Recoleta en 2017, donde varias personas resultaron heridas y un edificio tuvo que ser demolido. La justicia determinó la negligencia de ambas empresas en la mantención y coordinación de sus redes, causando la fuga de gas y la posterior explosión. Enel no contestó la demanda y se constató que los cables que perforaron la tubería de gas eran parte de su red. Metrogas fue sancionada por incumplir normativas de instalación de redes de gas.

El Decimoquinto Juzgado Civil de Santiago condenó a Enel y Metrogas a indemnizar con más de 365 millones de pesos a los afectados por una explosión que terminó con la demolición de un edificio en la comuna de Recoleta.

El hecho ocurrió en septiembre de 2017, específicamente en la intersección de Bombero Núñez con Bellavista. Además de los graves daños a la infraestructura del inmueble posteriormente demolido, una serie de personas resultaron heridas.

A casi diez años del suceso, la justicia determinó la responsabilidad de ambas empresas. Se concluyó una negligencia en la mantención y coordinación de sus redes, lo que provocó la fuga de gas y la explosión, que resultó con la pérdida total del edificio.

¿Por qué son responsables?

“Si bien la demandada Enel no contestó la demanda, en su escrito de dúplica sostuvo que empleó la debida diligencia y cuidado, de manera que no existiría acción u omisión ilícita a su respecto”, consigna el fallo.

“En tal sentido, no controvirtió en lo sustancial que los cables que ocasionaron la perforación en la tubería de gas fueran parte de su red eléctrica, o que se encontraran sin aislación o protección”, complementa.

En cuanto a Metrogas, se le sancionó “por vulnerar las normas que regulan el diseño e instalación de red de gas, al no mantener el espacio libre suficiente entre la tubería plástica de gas y las líneas eléctricas, conforme a las especificaciones técnicas exigidas”.

De esta manera, el Tribunal condenó a las empresas distribuidoras de electricidad y gas a pagar solidariamente una indemnización de perjuicios por la suma total de $365.630.000 “por concepto de daño emergente y daño moral”.