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La Corte de Apelaciones de Santiago multó a la Municipalidad con 54 UTM por deficiencias en servicios higiénicos y mal estado de infraestructuras en la Escuela Básica Irene de Cid. El municipio fue sancionado como sostenedor del establecimiento educacional por incumplir obligaciones legales, calificadas como leves y menos graves.
La Corte de Apelaciones de Santiago multó a la Municipalidad de la comuna con 54 UTM ($3.758.994), debido a deficiencias básicas en los servicios higiénicos y al mal estado de las infraestructuras en la Escuela Básica Irene de Cid.
Asimismo, se rechazó el recurso de reclamación de la resolución exenta tomada por la Superintendencia de Educación. El municipio fue sancionado porque es el sostenedor del establecimiento educacional.
Poder Judicial indicó que la entidad no cumplió con las obligaciones del marco legal vigente y que las infracciones son de carácter leve y menos graves.
La sentencia señaló que la multa se originó por una denuncia realizada el 10 de octubre de 2023. La persona enfatizó las deficiencias en los servicios higiénicos y dependencias que utilizan los estudiantes del recinto educacional.
El 9 de enero de 2024, se realizó una fiscalización de seguimiento, en la que se concluyó que las observaciones no habían sido resultas durante esa fecha.
Finalmente, el 7 de febrero del mismo, se imputaron dos cargos al sostenedor, los cuales son por el incumplimiento de requisitos mínimos en servicios higiénicos y por la infraestructura en mal estado.
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Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
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dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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