Más de $940 mil millones en deudas de alimentos se han cancelado usando los fondos de las AFP desde la puesta en marcha de la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos —también conocida como Papito Corazón—. La iniciativa promovida por el Gobierno de Gabriel Boric ha sido aplicada a más de 200 mil morosos, cargando las obligaciones adeudadas a sus cuentas de capitalización individual.
No obstante los beneficios, los fondos de pensiones son un botín demasiado apetitoso como para que nadie intente llegar a ellos por las malas.
El Ministerio Público indaga un nuevo método de fraude para acceder al dinero de las AFP. Se trata de una artimaña en la que una pareja se colude para que el juzgado de familia respectivo autorice el pago excepcional de la deuda de pensiones con esos fondos.
El escenario era previsible: durante la tramitación de la ley parlamentarios y una organización civil advirtieron al Gobierno de esta posibilidad, por lo que propusieron modificaciones al proyecto.
El Ejecutivo, sin embargo, argumentó que era necesario legislar en base al principio de buena fe, considerando la mayoría de los casos y no las excepciones.
Más de medio millón de deudas de alimentos
A menos de dos meses de haber asumido, en mayo de 2022, el presidente Gabriel Boric ingresó al Congreso el proyecto de la Ley Papito Corazón.
Durante la pandemia, las reformas transitorias a la Constitución que permitieron los retiros del 10% también habían autorizado retener ese dinero a los deudores de pensiones de alimentos. Entre los tres retiros se pagaron 587 mil deudas por un total de 724 millones de dólares.
Con esos antecedentes sobre la mesa, la posibilidad de establecer el pago con cargo a las cuentas de las AFP en la ley permanente parecía un paso natural para el Gobierno de Boric, quien había prometido conducir una administración feminista.
Utilizando primero la suma urgencia y luego la discusión inmediata, el Ejecutivo aceleró la iniciativa en el Congreso, con la tramitación a cargo del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, liderado por Antonia Orellana. Así, el proyecto fue despachado en agosto y en mayo del año siguiente Boric celebraba la entrada en vigencia de la Ley Papito Corazón en la Plaza de la Constitución, ante decenas de adherentes y miembros de organizaciones de la sociedad civil.
—La Ley de Responsabilidad Parental impulsada por el movimiento de mujeres, el movimiento feminista y reconocida por nuestro Gobierno y por las parlamentarias nos hace dar un paso hacia un mínimo de justicia para esos niños, niñas, jóvenes y para quienes los cuidan, que hoy son víctimas de irresponsabilidad o de la violencia económica —aseguró el mandatario en su discurso.
Con la entrada en funcionamiento de la norma se permitió a los demandantes de pensión de alimentos solicitar al juez de familia respectivo el pago excepcional de las deudas con cargo a la cuenta del demandado en su AFP. Una posibilidad de la que algunos han intentado abusar.
El mecanismo
Alrededor de una docena de parejas de distintas comunas de la región de O’Higgins son indagadas por usar la ley para extraer fondos de las AFP. De acuerdo a una fuente cercana a la investigación, los litigios eran patrocinados por dos abogados que actuaban coludidos en el fraude.
Según los antecedentes recabados por la Unidad de Investigación de Bío Bío, la causa fue abierta luego de una denuncia de la Corte de Apelaciones de Rancagua. Entre los implicados se encuentra un funcionario del Poder Judicial en la zona, quien forma parte de las parejas indagadas.
Explicado en simple, el truco funciona así: una pareja se colude y fija una propuesta de pensión de alimentos mediante mediación o transacción —ambos acuerdos extrajudiciales—. Luego de que el tribunal la revisa y da el visto bueno, el alimentante —la persona que está obligada a pagar la pensión, usualmente el padre de un menor— no cumple durante tres meses.
Entonces, el responsable del beneficiario —la madre normalmente— presenta un escrito al tribunal pidiendo al juez que cargue la deuda a la cuenta que el alimentante mantiene en su AFP. De acuerdo con la ley, el juez inicia la investigación patrimonial, solicitando información de las cuentas bancarias, de ahorro previsional voluntario y otros instrumentos financieros del alimentante para evaluar esas alternativas.
Como el demandado conoce cómo funciona la ley y se ha asegurado antes de traspasar o retirar su dinero depositado e inversiones, al juez no le queda más remedio que autorizar el cobro con cargo a la cuenta de la AFP.
Desde la Corte de Apelaciones de Rancagua informaron que se abrió una investigación administrativa contra el funcionario implicado, la que “está en proceso de resolución”.
Otras zonas de Chile
El fraude no estaría ocurriendo sólo en la región de O’Higgins. La Unidad de Investigación de Bío Bío conversó con jueces de otras circunscripciones que aseguraron que han visto litigios con indicadores sospechosos.
—Casos con pensiones acordadas en sumas muy elevadas que sólo se cumplen dos o tres meses —comenta una magistrada nortina—. Después de que sacan fondos de la AFP presentan un escrito señalando que reanudaron convivencia.
Si bien los jueces consultados coinciden en que han visto situaciones de ese tipo, que les han parecido extrañas, una magistrada capitalina enfatiza en que se trata de casos muy aislados.
—Habrá gente que sí lo hace, pero no lo llamaría un patrón —recalca—. El porcentaje de pensiones de alimentos nuevas establecidas por mediación o transacción es muy poco. Que se ponga el manto de duda es perjudicial, porque es una ley muy beneficiosa para el pago.
Pero para la abogada Sol Vespa —miembro del directorio de la Asociación de Abogados de Familia de Chile y socia fundadora de Vespa Abogados— la posibilidad de fraude es un peligro real para el sistema de pensiones. Según cuenta, en cierta ocasión un abogado le comentó que un cliente había consultado sobre el tema.
—Es un temazo, porque, claro, se va a empezar a correr la voz —opina ella—. El día de mañana toda esa gente que sacó sus fondos de AFP no van a tener una jubilación digna, y va a tener que asumir el Estado a través de los contribuyentes ese costo.
Alternativas para evitar fraude
La posibilidad de fraude no es una novedad. De hecho, fue discutida durante la tramitación en el Congreso. La primera en poner el tema sobre la mesa fue la directora Ejecutiva de Comunidad Mujer, Alejandra Sepúlveda, en la sesión del 17 de mayo de 2022 de la Comisión de la Mujer e Igualdad de Género del Senado.
—Estuvimos conversando con varias abogadas expertas en derecho de familia, que litigan este tipo de problemáticas, y un riesgo que veían es efectivamente que se pudiera simular acuerdos de alimentos y deuda para poder sacar esos fondos de las AFP —aseguró Sepúlveda.
De acuerdo con la historia de la ley, los senadores Gustavo Sanhueza y Juan Antonio Coloma
de la Unión Demócrata Independiente (UDI), además del senador Alfonso De Urresti del Partido Socialista (PS), también acusaron la posibilidad de que se generaran “actos simulados”.
Ante este problema, Alejandra Sepúlveda planteó una propuesta alternativa a la que se estaba discutiendo, que consistía en que el Estado se convirtiera en el cobrador y pagador subsidiario de la deuda. En la discusión en Sala, en tanto, De Urresti mencionó la idea de establecer requisitos adicionales para que el juez autorizara el cobro.
—Habría que buscar alguna fórmula, como una declaración jurada o alguna corroboración de que efectivamente ya no conviven, aunque las partes podrían estar conviviendo, permanecer bajo un mismo techo, y perfectamente demandar de alimentos —planteó De Urresti.
El senador oficialista además hizo ver que se trataría de un fraude que tendría “excelentes utilidades”, ya que no se pagarían impuestos por los retiros.
Buena fe
La posición del Gobierno quedó registrada en la misma sesión a la que asistió Alejandra Sepúlveda. En ella participó por el Ejecutivo la entonces jefa del Departamento de Reformas Legales del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, Camila de la Maza.
—Es una posibilidad, sí —advirtió de la Maza—. Pero en general tenemos que pensar primero en el principio de buena fe y luego en la mayoría de los casos —añadió.
De la Maza dijo que en los retiros del 10% no habían conocido casos de fraude. Si bien afirmó que con los expertos del ministerio podían “darle una vuelta para evitarlo”, eso suponía partir de la mala fe de las personas para las que estaban legislando.
—Eventualmente, por una buena causa de evitar esta simulación, podríamos terminar perjudicando a la gran mayoría de las madres que está persiguiendo ocupar este mecanismo para el pago de sus pensiones —esgrimió.
La funcionaria también sostuvo que en la discusión de la Reforma Tributaria se podían plantear los eventuales delitos derivados del fraude. Posteriormente, durante la tramitación de dicha reforma no se concretó ninguna propuesta.
La Ley de Responsabilidad Parental se aprobó sin ninguna indicación que abordara la posibilidad de fraude.
$2,5 billones
Los juzgados de familia ordenaron pagar $2,5 billones en los dos primeros años de funcionamiento de la Ley Papito Corazón, según el Gobierno. La cifra incluye lo debitado a cuentas bancarias e instrumentos financieros, además del dinero de las AFP. Para el periodo entre junio de 2023 y julio de 2025 la Superintendencia de Pensiones reportó $940 mil millones con cargo a las cuentas en las aseguradoras.
Con todo, lo extraído es un porcentaje menor por ahora. La Superintendencia de Pensiones cifró en 255 mil millones de dólares los activos de los fondos de pensiones al 30 de enero pasado. Los $940 mil millones representan menos del 0,5% de ese total.
Aunque la ley no abordó la posibilidad de fraude, sí lo hizo respecto al desfinanciamiento del sistema. Para que eso no ocurriera se establecieron límites al cobro. Si el deudor está a 30 años o más de la edad de jubilación se le puede cobrar hasta el 90% de sus fondos; si le faltan entre 15 y 30 años el 80%, y si está a 15 años o menos se puede retirar el 50% como tope.
—No es llegar y vaciar la cuenta de la AFP —acota una jueza, quien añade que al momento de establecer la pensión de alimentos también hay requisitos—. Rechazamos muchas mediaciones porque no cumplen con lo exigido. El monto debe estar debidamente fundamentado y no puede exceder un máximo.
Según la ley, la pensión no puede superar el 50% de las rentas del alimentante.
Herramientas para los jueces
Sobre la posibilidad de que las prácticas fraudulentas se extiendan, uno de los jueces consultados sostiene que los magistrados no tienen herramientas ante la colusión entre demandante y demandado. Mientras, otra jueza menciona que en los casos sospechosos es importante solicitar las liquidaciones de sueldo del deudor y, si tiene empleo, autorizar con retención de las remuneraciones.
—Retener el sueldo es una posibilidad que el juez puede aplicar para el cobro de la pensión a futuro, pero va a tener una deuda igual —explica Sol Vespa—. Entonces, respecto de esa deuda, tú puedes hacer la investigación patrimonial y llegar a que se ponga al día a través de la AFP.
Por otro lado, los magistrados pueden hacer una denuncia al Ministerio Público en caso de existir sospechas. No obstante, no está claro bajo qué tipo penal se encuentran estas conductas, ya que el dinero de las cuentas técnicamente pertenece a los afiliados, que son los mismos que se benefician.
Una duda que deberá abordar el fiscal Javier Von Bischoffshausen, jefe de Alta Complejidad de O’Higgins, quien quedó a cargo de la causa abierta en esa región.
Ministerio de la Mujer valora acción de la justicia
La Unidad de Investigación de Bío Bío contactó al Ministerio de la Mujer y Equidad de Género para consultar por la tramitación en el Parlamento de la Ley de Responsabilidad Parental y sobre la posibilidad de hacer modificaciones a la norma para evitar los fraudes.
Desde el organismo remitieron una declaración en la que manifestaron que la ley “busca aliviar la carga económica de las madres de niños, niñas y adolescentes que han sufrido o sufren el abandono parental y no reciben la pensión de alimentos fijada por los tribunales de justicia de manera seria y responsable”.
A continuación, recalcaron que la norma establece dos vías de cobro, primero con la retención en el sistema financiero y luego, como “mecanismo extraordinario”, la retención de fondos de las AFP. En ese sentido añadieron que existen “varios pasos previos antes de llegar a esa última instancia, que además tiene un porcentaje límite de retiro según la edad del deudor”.
—Valoramos que, si hay casos específicos en que se detecten inconsistencias en la demanda de la pensión o se observa derechamente un fraude al sistema, la justicia realice las acciones correspondientes que permitan seguir beneficiando a las miles de familias que realmente lo necesitan —afirmaron.