La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió rechazar el recurso de protección interpuesto por el exsubsecretario del Interior, Manuel Zacarías Monsalve Benavides, en contra del actual subsecretario, Víctor Ramos; y de la contralora general de la República, Dorothy Pérez.
El médico cirujano y otrora militante socialista presentó la acción alegando que ambas instituciones actuaron de manera ilegal y arbitraria al instruir un sumario administrativo en su contra. Esto tras la aceptación de su renuncia al cargo, lo que, según su defensa, vulneraba su derecho a la igualdad ante la ley y a no ser juzgado por comisiones especiales, establecidos en el artículo 19 de la Constitución.
Monsalve sostuvo que las resoluciones exentas N° 5418 del Ministerio del Interior y N° 2077 de la Contraloría General carecían de motivación suficiente y fueron dictadas sin competencia una vez cursada su renuncia, el 17 de octubre de 2024. Además, lo sometían a un procedimiento irregular mientras enfrentaba un proceso penal por hechos de similar naturaleza.
Argumentos de Contraloría y Subsecretaría
Tanto la Contraloría como la Subsecretaría del Interior solicitaron el rechazo del recurso.
El órgano fiscalizador, representado por su equipo jurídico, alegó la extemporaneidad de la acción, ya que el exsubsecretario habría tomado conocimiento del sumario en marzo de 2025, cuando se le pidió declarar, y no en junio, cuando fue formalmente notificado de los cargos.
Además, defendió la legalidad del procedimiento, asegurando que la resolución que inició el sumario fue dictada el 16 de octubre de 2024, un día antes de la renuncia, por lo que no existió actuación fuera de competencia.
La Contraloría agregó que la investigación se encontraba dentro de las facultades que le otorgan la Constitución y la Ley N° 10.336, descartando que se tratara de una “comisión especial”. También subrayó que los procedimientos administrativos y penales son independientes entre sí y que el acto impugnado no impone sanciones, sino que constituye una etapa intermedia del proceso disciplinario.
Por su parte, la Subsecretaría del Interior coincidió con estos planteamientos y recordó que el decreto supremo que aceptó la renuncia de Monsalve expresamente consignó su sometimiento a sumario administrativo, lo que fue publicado en el Diario Oficial.
Fundamentos del fallo
El fallo, redactado por el ministro Alejandro Rivera M., determinó que las resoluciones cuestionadas son actos de trámite dentro de un procedimiento disciplinario aún en curso, sin efecto sancionatorio ni capacidad de vulnerar derechos fundamentales.
La Corte explicó que el recurso de protección no procede para impugnar actos intermedios de un proceso administrativo, salvo que estos pongan fin al procedimiento o produzcan indefensión, situación que —según el tribunal— no se verificó en este caso.
“Las decisiones cuestionadas carecen de la aptitud necesaria para privar, perturbar o amenazar el legítimo ejercicio de cualquier derecho constitucional”, señala el fallo.
Asimismo, el tribunal descartó la alegación de extemporaneidad, al constatar que Monsalve fue notificado de los cargos el 9 de junio de 2025 y que interpuso su recurso dentro del plazo legal de 30 días. Sin embargo, tras analizar el fondo, concluyó que no existió ilegalidad ni arbitrariedad en la actuación de las autoridades.
Finalmente, la Corte de Apelaciones resolvió que “se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Manuel Zacarías Monsalve Benavides, en contra del Subsecretario del Interior, señor Víctor Ramos Muñoz, y en contra de la Contralora General de la República, señora Dorothy Pérez Gutiérrez”.
La sentencia fue pronunciada el 23 de octubre de 2025 y notificada por el estado diario el mismo día.
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