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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El 19° Juzgado Civil de Santiago decretó la liquidación forzosa de la Universidad de La República debido a una deuda de $63.110.983 por obligaciones laborales impagas. La institución no compareció en la audiencia, lo que activó la ley de insolvencia, permitiendo la designación de Raúl Andrés Cornejo Mendoza como liquidador titular.

El 19° Juzgado Civil de Santiago resolvió la liquidación forzosa de la Universidad de La República, representada legalmente por su rector Fernando Mauricio Lagos Basualto. La resolución acoge la solicitud presentada por dos ex trabajadores de la institución.

El tribunal invocó como causal el no pago de obligaciones laborales por un monto total de $63.110.983. El escrito detalla que la deuda corresponde a dos créditos laborales ejecutados en juzgados de cobranza laboral de Santiago.

El tribunal constató que se realizó el debido emplazamiento a la empresa deudora el 30 de enero de 2025, dejando constancia de esto a folio 19 del cuaderno principal. Posteriormente, el 9 de junio de 2025, se celebró la Audiencia Inicial conforme al artículo 120 de la Ley 20.720.

En dicha audiencia se constató la no comparecencia de la Universidad de La República. Esta ausencia configuró la hipótesis del artículo 120 N°3 de la ley de insolvencia, lo que faculta al tribunal para dictar la resolución de liquidación. El juzgado basó su decisión en este hecho y en el certificado de nominación de liquidadores emitido por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento el 17 de julio.

Designación de liquidador de Universidad La República

El fallo designa como liquidador titular a Raúl Andrés Cornejo Mendoza. Como liquidador suplente se designó a Mario Vargas.

La resolución ordena el inmediato cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 162 de la Ley 20.720. Esto implica que la razón social de la universidad debe ser precedida por la firma del liquidador y agregar la frase “en Procedimiento Concursal de Liquidación” en toda documentación.

Además, se dispone la incautación de todos los bienes de la empresa deudora, sus libros y documentos bajo inventario. La medida puede ejecutarse incluso con el auxilio de la fuerza pública y facultades de allanamiento. Se designó como ministro de fe para la diligencia a Patricia Hurtado Guzman, Oficial Primero del tribunal.

Llamado a acreedores

El juzgado también dirigirá oficios a las oficinas de correos para que toda la correspondencia destinada a la Universidad La República sea entregada al liquidador. Se le otorga facultades al liquidador para requerir directamente a las instituciones toda la información necesaria para dar cuenta del patrimonio del deudor liquidado.

Asimismo, el tribunal advierte al público que no deben pagar ni entregar mercaderías a la empresa deudora, bajo pena de nulidad de los pagos. Aquellas personas que tengan bienes o documentos de la universidad deben ponerlos a disposición del liquidador.

Del mismo modo, se pone en conocimiento de todos los acreedores residentes en Chile que tienen un plazo de treinta días, contados desde la publicación de la resolución (el pasado 18 de agosto), para presentar los documentos justificativos de sus créditos. Deben acompañar también los títulos originales o copias autorizadas de los mismos para su custodia.