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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Exalcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao, condenado a 15 años de cárcel por estupro, abuso sexual y aborto contra dos víctimas, descontando tres años por prisión preventiva. Tribunal de Cañete dictó sentencia por delitos cometidos durante su mandato, absuelto de violación en uno de los casos. Deberá indemnizar con 10 millones a una de las víctimas. Juez señaló que delitos ocurrieron mientras era alcalde. Penas: 12 años por estupro, 300 días por aborto y 818 días por abuso sexual.

A 15 años de cárcel fue condenado el exalcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao, por tres delitos sexuales cometidos contra dos víctimas. A la pena se le descontarán tres años por el tiempo que ha permanecido en prisión preventiva.

La sentencia la dictó este viernes el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete respecto a tres delitos cometidos por la exautoridad: estupro, abuso sexual y aborto.

Reinao fue llevado por hechos que afectaron a tres víctimas, pero en el caso de una de ellas no se logró acreditar el delito de violación, siendo absuelto.

En este caso, además, se acogió una demanda civil y el exalcalde deberá pagar 10 millones de pesos como indemnización para una de las víctimas.

Detalle de la sentencia de Reinao

El juez Marcos Pincheira informó que el condenado cometió los delitos “en el periodo en que servía como alcalde de la comuna de Renaico y en el contexto del ejercicio de su cargo”.

Sobre el delito de estupro en calidad de reiterado, se le impuso la pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio. Por el de aborto recibió la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo y por el abuso sexual a mayor de 14 años otros 818 días de presidio menor en su grado medio.

Pincheira confirmó que el tribunal accedió a la solicitud de la defensa, “conocida como mediaprescripción, toda vez que, según se acreditó en el juicio, respecto de estos dos últimos delitos, la formalización de la investigación del acusado se concretó habiendo transcurrido más de la mitad del tiempo que establece la ley para la persecución de estos ilícitos”.

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