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En Cañete comenzó el juicio contra Juan Carlos Reinao por abuso sexual, violación y aborto a tres víctimas, una menor de edad al momento de los hechos. El exalcalde de Renaico optó por guardar silencio tras los alegatos iniciales. Su abogado evitó un contrainterrogatorio que podría afectar su credibilidad. La primera víctima declaró y continuará este miércoles.
Con los alegatos de apertura de la Fiscalía, los querellantes y la defensa comenzó el juicio contra Juan Carlos Reinao, por abuso sexual, violación y aborto respecto a tres víctimas, una de las cuales era menor de edad al momento de los hechos.
Tras la intervención de los abogados, el Tribunal Oral de Cañete consultó al acusado si entregaría su declaración, pero el exalcalde de Renaico hizo uso de su derecho a guardar silencio.
Para el abogado de dos de las víctimas, Francisco Rodríguez, la decisión tuvo que ver con evitar un contrainterrogatorio que podría haber jugado en su contra, al tener Reinao que explicar un testimonio poco creíble entregado en 2024.
“La defensa no se expuso a que esta persona sea interrogada para no contrastar su versión anterior y dejarlo como alguien poco veraz ante el Tribunal Oral en lo Penal”, explicó el profesional.
En ese escenario es que la primera en declarar ante los jueces fue una de las víctimas, testimonio que continuará este miércoles, en el marco de un juicio que se espera se extienda por las próximas cuatro semanas, con un veredicto y sentencia posiblemente a fines de junio.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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