La Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción que prohibió el uso de sustancias químicas para el trabajo de Carabineros en el restablecimiento del orden público.

En una resolución de dos líneas, el máximo tribunal ratificó la sentencia de la corte penquista que ordenó a la Octava Zona de Carabineros Bío Bío prescindir de los químicos denunciados como dañinos para la salud de las personas según el Instituto Nacional de Derechos Humanos.

Lo anterior luego que la administración de la policía en el Bío Bío apelara al fallo buscando que se revocara la medida y se especificara cuál era la extensión de la prohibición.

En tanto, la resolución fue presentada luego que el INDH asegurara que dos jóvenes sufrieron lesiones en la piel tras recibir un chorro del carro lanzaaguas.

De acuerdo al fallo ahora ratificado por la Suprema, Carabineros sólo podrá reanudar el uso de sustancias químicas una vez que cuente con un protocolo que garantice la salud y vida de las personas que se manifiestan o transitan por las calles de Concepción.

A partir del dictamen, la policía uniformada no sólo suspendió el uso del carro lanzaaguas sino también del lanzagases y las bombas lacrimógenas, por lo que ahora -y mientras Carabineros no adecue su protocolo- el combate de los actos de violencia tendrá que hacerse con otros medios.