A la Corte Suprema fue enviado para su revisión el fallo que prohibió el uso de químicos por parte de Carabineros, luego que el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) denunciara los efectos negativos del uso del carro lanzaaguas contra manifestantes.

El fallo tendrá que ser resuelto por el máximo tribunal luego que la Octava Zona de Carabineros Bío Bío apelara a la sentencia dictada hace unos días por la Corte de Apelaciones de Concepción, a través de la cual se acogió el recurso de protección presentado contra el uso de agua mezclada con sustancias químicas.

El objetivo de la apelación no es sólo revocar el fallo que prohibió su uso mientras no se ajusten a los protocolos de la policía uniformada, sino también que se precise si la resolución aplica para todo tipo de elementos disuasivos, pues Carabineros, a la luz del dictamen de la justicia, dejó de usar el llamado “guanaco”, el carro lanzagases e incluso las bombas lacrimógenas.

La directora regional del INDH, Carolina Chang, expresó que al igual que la institución policial, entiende que la sentencia abarca todos los métodos que incluyan las sustancias químicas.

Sin embargo, el abogado penalista Rodrigo Vera, hace una lectura distinta puntualizando que perfectamente Carabineros podría usar agua pero sin químicos, y lo mismo en el caso de las lacrimógenas.

Sobre la dificultad con que deja el fallo a Carabineros para combatir desmanes en Concepción, la abogada del Instituto Nacional de Derechos Humanos subrayó que los elementos prohibidos no son los únicos que tienen las policías para hacer su trabajo.

Ahora el máximo tribunal tendrá que resolver la discusión, aunque la justicia no prohíbe los elementos de disuasión, sino que pide a la policía uniformada demostrar que las sustancias inyectadas al agua o los gases no afectan la salud de las personas.