La Corte de Apelaciones de Concepción revisará el caso de la jueza María Francisca Silva Villafranca, quien en enero pasado fue detenida y acusada por guardias de Sodimac del robo de especies, denuncia que en un trámite express fue calificada como infundada por del Juzgado de Garantía de Talcahuano, sobreseyendo el tribunal a la magistrada en un juicio que duró casi siete minutos.

La delicada situación se inició el 2 de enero a las 10:20 horas, luego que al salir del recinto comercial ubicado en el sector El Trébol de Hualpén, la magistrada de Chiguayante, María Francisca Silva, fuera interceptada por los guardias del establecimiento.

Según la denuncia realizada a Carabineros, en un carro que empujaba la jueza estaban cubiertas por prendas de vestir tres bidones de vidrio y una cañería flexible que no habrían sido canceladas, especies avaluadas por la tienda $44.760.

El caso llegó al Ministerio Público y el 26 de febrero, tras una investigación, decide acusar a la jueza por el delito de hurto simple, pidiendo como pena 300 días de cárcel y el pago de una multa, fijándose el juicio simplificado para el 18 de marzo.

Sin embargo, al día siguiente la Defensoría solicitó una audiencia de sobreseimiento, la que extrañamente y no obstante la apretada agenda, fue programada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano para el 1 de marzo, es decir, en menos de 48 horas.

Ahí el defensor penal público, Gonzalo Benavente, argumentó ante la jueza Mariangela Thiele que el delito nunca existió, asegurando que hubo un error de los guardias, según se escucha en el audio al que tuvo acceso Radio Bío Bío.

No obstante, la comparecencia de la abogada de Sodimac, Carolina Henríquez, además del escrito presentado por la Fiscalía, que asegura que existieron los hechos, es decir, según la investigación la imputada cometió el hurto, la magistrada Thiele decide sobreseer a su colega, la jueza María Francisca Silva.

Consultado el presidente de la Corte de Apelaciones de Concepción, ministro Rodrigo Cerda, sobre esta delicada acusación contra una jueza de la República, aseguró que él nunca conoció el caso y que el tribunal de alzada tampoco, pero que tras los antecedentes recibidos de parte de -La Radio- los llevaría al pleno el próximo lunes.

Radio Bío Bío intentó sin éxito obtener una version de la magistrada, pues si realmente es inocente, como lo declaró el Juzgado de Garantia de Talcahuano, se esperaría que la jueza Maria Francisca Silva Villafranca demande a Sodimac por la falsa imputacion en su contra, denuncia que la mantuvo en calidad de imputada por casi dos meses y arriesgando una sanción de cárcel.

Puedes revisar el audio completo del juicio y el documento del Juzgado de Garantía de Talcahuano.

Tras la publicación de esta nota, la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, hizo llegar la siguiente carta a Bío Bío.

Estimado Señor,

Me dirijo a Ud. en representación de doña María Francisca Silva Villafranca a causa de una publicación efectuada en el portal de noticias en línea de la radio de su dirección, con fecha 28 de agosto de 2019 bajo el título “Jueza acusada de robar en centro comercial fue sobreseída en juicio “express”: duró casi 7 minutos”.

Al respecto, señalo a Ud. lo siguiente:

1° No hubo acusación de robo. Los hechos denunciados, en opinión de la víctima, eran constitutivos de la figura de hurto;

2° Doña María Francisca Silva no estuvo detenida ni tampoco retenida. Fue ella misma quien requirió la presencia de Carabineros ante el proceder del personal de la tienda.

3° En cuanto al “juicio express”, se trató simplemente de una audiencia citada legalmente por el Juzgado de Garantía de Talcahuano en la que se estableció, previo debate de los intervinientes, que los hechos no eran constitutivos del delito que la nota consigna.

4° En cuanto a la duración de la audiencia, esta se extendió en torno a lo habitual para casos similares;

5° El monto que consigna la nota corresponde al total de las especies que fueron pagadas;

7° La audiencia fue programada para el día 1° de marzo de acuerdo con la agenda del tribunal;

8° En la audiencia respectiva el tribunal decretó el sobreseimiento definitivo a petición de la defensa porque los hechos no eran constitutivos de delito;

9° Ese mismo día el Ministerio Público había ingresado un escrito haciendo valer el principio de oportunidad. Como el sobreseimiento fue solicitado antes, se debatió este primero con acuerdo de los demás intervinientes. La resolución no fue recurrida por ninguno de ellos;

10° La tramitación de la causa se llevó a cabo bajo el mismo racional y justo procedimiento como a cualquier otro ciudadano o ciudadana;

11° La presunción de inocencia que le asistía se mantuvo intacta.

En virtud de lo anterior, pido a Ud. se sirva arbitrar las aclaraciones o rectificaciones pertinentes respecto de la información publicada.

Le saluda atte.,

María Soledad Piñeiro Fuenzalida
Presidenta
Asociación Nacional de Magistrados