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La avalancha de recursos para frenar cobros del CAE: Cortes se dividen entre admitir o no
Agencia UNO | Edición Radio Bío Bío

Admitir o no: Cortes de Apelaciones se dividen ante avalancha de recursos para frenar cobros del CAE

Javiera Ostertag Franzoy

Periodista del equipo de Investigación en Radio Bío Bío Santiago

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Javiera Ostertag Franzoy

Periodista del equipo de Investigación en Radio Bío Bío Santiago

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Javiera Ostertag Franzoy

Periodista del equipo de Investigación en Radio Bío Bío Santiago

Miércoles 15 abril de 2026 | 12:52
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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Cientos de chilenos recibieron notificaciones de cobro por deudas del Crédito con Aval del Estado (CAE), con un plan de pago para ingresos menores a $5 millones, aunque con poca claridad en los detalles. Para deudores con ingresos mayores, el proceso ha sido descrito como agresivo, incluyendo embargos. Se han presentado recursos de protección alegando violación de derechos fundamentales en el cobro. La Corte de Talca admitió un recurso suspendiendo el cobro, mientras otras cortes muestran criterios divididos. Estudios jurídicos como Más Justo defienden a deudores argumentando que el cobro como impuestos sería ilegal. Se espera la resolución de las Cortes de Apelaciones y apelaciones a la Corte Suprema.

En los últimos días las Cortes de Apelaciones del país han estado recibiendo de forma masiva recursos de protección, en un intento de los deudores del CAE por frenar los cobros impulsados por la Tesorería. Mientras algunos tribunales ya han comenzado a acogerlos, otros han optado por rechazar su tramitación, evidenciando un criterio dividido a nivel nacional. Uno de los argumentos vertidos en los recursos es que el mecanismo de cobro utilizado sería ilegal y no corresponde al tipo de deuda que se pretende perseguir.

El pasado lunes 6 de abril, cientos de miles de chilenos recibieron en su correo las notificaciones de cobro de la Tesorería de la República, al ser deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE), utilizado para la educación superior.

De acuerdo a lo informado por el Gobierno, el plan considera un convenio de pago para quienes tienen ingresos inferiores a $5 millones mensuales, aunque por el momento existe información poco clara sobre qué específicamente contempla este convenio, ya que los detalles en la página web han ido variando.

El procedimiento para aquellos que ganan más de $5 millones, por su parte, ha sido calificado por algunos como “muy agresivo”, al contemplar acciones judiciales directas tales como el embargo o retención de bienes, cuentas bancarias, remuneraciones y otros activos financieros.

A raíz de ello, las distintas Cortes de Apelaciones del país se comenzaron a llenar masivamente de recursos de protección ingresados por los deudores, quienes alegan violación de sus derechos fundamentales en el proceso de cobro de la deuda.

Uno de los estudios jurídicos que se ha volcado a la defensa de los deudores es Más Justo, argumentando que el mecanismo de cobro que se está utilizando no es el que corresponde y sería ilegal. Específicamente, en los recursos presentados se acusa que el Estado estaría cobrando deudas educativas como si fueran impuestos, sin que la ley lo permita.

En un primer momento, lo que buscan los abogados es que la Corte admita a tramitación los recursos presentados y así se suspenda el procedimiento de cobro mientras se resuelve el asunto, a través de una orden de no innovar, permitiéndole a sus representados ganar tiempo.

Aunque en Santiago la gran mayoría de los recursos se encuentran siendo analizados por salas especializadas en la materia, en otras regiones las Cortes ya han tomado una posición respecto a estos, mostrando criterios divididos a nivel nacional.

Por ejemplo, la Corte de Apelaciones de Talca fue la primera en admitir un recurso de este tipo, siendo seguida por las cortes de La Serena y Arica.

Por otro lado, algunas cortes que ya han estado rechazando la admisión de este tipo de recursos son las de San Miguel, Antofagasta, Temuco, Valparaíso, Punta Arenas y Concepción.

En estos casos, los abogados ya se encuentran trabajando en apelaciones, buscando que sea la Corte Suprema la que resuelva el asunto.

Argumentos de los recursos

Uno de los estudios jurídicos que en los últimos días se ha centrado en la representación de deudores del CAE es Más Justo, equipo que hoy se encuentra defendiendo a más de 500 personas.

Constanza Garrido Villalobos, abogada del estudio jurídico, conversó con Radio Bío Bío sobre los argumentos vertidos en los recursos de protección.

En estos se argumenta que la Tesorería se encuentra cobrando la deuda del CAE utilizando el procedimiento del Código Tributario, que permite a la Tesorería actuar casi como juez, permitiendo el embargo y la ejecución forzada.

Sin embargo, argumentan, la deuda del CAE no sería tributaria, por lo que no podría cobrarse a través de esta herramienta, agregándose que la ley ya establece otros mecanismos de cobro para el CAE.

En el mismo recurso, se cita jurisprudencia pasada sobre decisiones de la Corte Suprema y Cortes de Apelaciones que ya habrían frenado a la Tesorería en situaciones parecidas, indicando que esta se estaría excediendo en sus facultades.

Los derechos constitucionales que estarían siendo violados en este caso serían: la igualdad ante la ley, el derecho al juez natural, el derecho a la propiedad y la garantía del contenido esencial de los derechos.

A través de los recursos, se busca que se declare ilegal el uso del procedimiento tributario de cobro, se deje sin efecto el embargo, se prohíba a la Tesorería volver a utilizar este mecanismo y se dicte en cada caso una orden de no innovar, que suspende el procedimiento mientras se resuelve el asunto.

Por el momento, los deudores se encuentran a la espera de conocer si la admisibilidad de sus recursos es acogida o rechazada por las diferentes Cortes de Apelaciones, mientras que aquellos a quienes ya se les ha rechazado se encuentran trabajando en apelaciones que serán resueltas por la Corte Suprema.

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