Este lunes se rechazó la solicitud de sobreseimiento presentada por la defensa del sujeto denominado de "interés" en el caso de Valentina González, abogada que murió al interior de un motel en Quintero. Esto en la causa por hurto presentado por la parte querellante, que representa a la familia de la joven, respecto a artículos que el acusado sacó desde el vehículo de la víctima.

El Juzgado de Letras y Garantía de Quintero rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo de la defensa de Felipe Olivares, acusado por el delito de hurto y denominado como “persona de interés” en la investigación por la muerte de la abogada Valentina González, hecho registrado al interior del motel El Duende.

La familia de la joven de 27 años expuso que el querellado sustrajo especies desde el automóvil de la víctima, minutos después de su fallecimiento. Recordemos que Olivares junto a otras dos mujeres estaban con Valentina en el motel cuando se produjo su deceso.

La defensa del hombre, encabezada por el abogado privado Pablo Tello, solicitó el sobreseimiento definitivo de su representado. ¿La razón? No existe claridad sobre qué elementos se habrían hurtado.

Ánimo de lucro que a criterio de la abogada Cynthia Pérez, querellante por la familia de Valentina, sí existe y que tendría por objetivo deshacerse de elementos, situación que quedó registrada en las cámaras de seguridad del recinto.

Tanto la querellante como el fiscal de Quintero, Rodrigo Berroeta, pidieron que se rechazara la solicitud de la defensa, aunque el persecutor indicó que le parece aventurado tener una calificación de hurto simple sin que se indiquen los elementos que habrían sido sustraídos.

No obstante a eso, el fiscal reconoció que “existe acá un germen de delito que efectivamente tiene que ser dilucidado”.

El Juzgado de Letras y Garantía de Quintero rechazó la solicitud de sobreseer a Felipe Olivares, estimando —entre otros argumentos— que la investigación se encuentra en pleno desarrollo para acreditar o descartar uno u otro delito.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)