Este jueves, la Fiscalía reformalizó a Ricardo Neira Arriagada, imputado por el femicidio de Carolina Fuentes en la región de Ñuble. El persecutor a cargo, Álvaro Hermosilla, afirmó que la víctima murió de asfixia por estrangulamiento y que el acusado actuó con alevosía.

A la mujer se le perdió el rastro el 30 de junio de 2020, hasta que el 5 de octubre del mismo año fue hallado su cuerpo en la ribera del río Ñuble.

Según la Fiscalía, tras una discusión que sostuvo la pareja en la casa del imputado, ambos abordaron la camioneta de éste. Luego, Ricardo Neira le dio muerte y se deshizo del cuerpo.

El fiscal Hermosilla expuso que el imputado envió mensajes de texto a la familia de la mujer días posteriores a su desaparición, con los que pretendía hacer creer a los cercanos a la víctima que ella se había ido al sur, pero la georreferenciación del teléfono sitúa el aparato en el interior del domicilio del imputado.
 
Sobre la causa de muerte, sostuvo que el informe histológico reveló que la víctima tenía lesiones internas a nivel de laringe que dan cuenta de infiltraciones sanguíneas, antecedente relevante para determinar de qué falleció y que permiten hoy reformalizar al imputado.

Explicó que el imputado se ubicó por atrás de la víctima, “procediendo de manera súbita, rápida y sorpresiva, impidiendo toda posibilidad de defensa, a estrangularla, causándole en definitiva la muerte por asfixia”. Asimismo, detalló que el delito se encuentra agravado por la alevosía con que actuó el imputado.

Antecedentes del delito

 
Según expuso el fiscal en la audiencia de reformalización, “el imputado Ricardo Patricio Neira Arriagada, desde el año 2015 aproximadamente, mantuvo una relación sentimental, y en algún periodo de convivencia, con la victima Carolina Fuentes Bustos”.

“Es así que, si bien vivían en ciudades distintas, mantuvieron contacto regular, a través de llamadas o mensajes de texto, y se visitaron mutuamente tanto en la ciudad de Santiago como en la Región de Ñuble, en donde el imputado tiene actualmente su domicilio. Además, entre los años 2015 y 2016, ambos vivieron juntos en la ciudad de Santiago”.


 
El persecutor aseveró que “en dicho contexto, con fecha 15 de junio de 2020, Carolina viajó desde la capital hasta la  localidad de Ninhue, con la  intención de realizar un trámite familiar, quedándose precisamente en casa de sus hermanos por algunos días. Con posterioridad se reunió con el imputado, permaneciendo juntos en el domicilio de éste, ubicado en el sector Los Naranjos de la comuna de Portezuelo, entre los días 25 y 30 junio de 2020”.

Solicitud de la defensa

 
En la misma audiencia, la defensa pidió al tribunal que se cambie la prisión preventiva en la que permanece el imputado hace casi un año, desde el 9 de octubre pasado, por un arresto domiciliario total.

El fiscal Álvaro Hermosilla planteó que no existen antecedentes nuevos que ameriten modificar la medida cautelar impuesta y que, por el contrario, la investigación realizada durante este año suma nuevas pruebas que refuerzan y precisan la teoría del caso del Ministerio Público.


 
En definitiva, la solicitud fue rechazada por el magistrado del Juzgado de Garantía de Quirihue, Adolfo Montenegro, por no existir antecedentes nuevos que lo justifiquen, por estimar el tribunal que el imputado es un peligro para la seguridad de la sociedad y por la existencia de un riesgo real de fuga si éste estuviera en libertad.
 
En otro punto, la Fiscalía solicitó ampliar el plazo de investigación, ya que se está a la espera de la recepción de diligencias en curso. El requerimiento fue acogido por el tribunal, otorgando otros 100 días para la completar la indagatoria.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)