VER RESUMEN

Resumen automático generado con Inteligencia Artificial

Dos excarabineros fueron condenados a 6 años de presidio efectivo por los delitos de homicidio consumado y frustrado contra dos estudiantes secundarios durante la dictadura cívico-militar en el Lago Ranco. Mamerto Tercero Ávila González y Carlos Emilio Galindo Ruiz fueron declarados culpables en la muerte de Roberto Eder Huaiqui Barría, quien recibió un disparo fatal mientras intentaba huir. Su amigo José Jovin Oporto del Río resultó herido pero sobrevivió. El fallo incluye una indemnización de $600 millones para la familia de la víctima y la inhabilitación perpetua de los exuniformados para cargos públicos.

Desarrollado por BioBioChile

Dos excarabineros fueron condenados a penas de 6 años por los delitos de homicidio consumado y frustrado contra dos estudiantes secundarios, ilícitos perpetrados en el Lago Ranco durante la dictadura cívico-militar.

Se trata del entonces sargento primero Mamerto Tercero Ávila González y el exuniformado Carlos Emilio Galindo Ruiz. Quienes fueron declarados por la justicia como cómplices en la muerte de Roberto Eder Huaiqui Barría, un joven de 17 años que militaba en el Partido Socialista.

El fallo

Según el fallo, en septiembre de 1973 se escuchó en la radio un presunto enfrentamiento entre militares y guerrilleros en Neltume, por lo que ambos excarabineros, que ejercían funciones en el retén de Riñinahue, fueron hasta el lugar. Momento en que observaron a unas 60 personas pidiendo auxilio porque un grupo les estaría saqueando sus casas.

El dictamen agrega que es ahí donde ambos exuniformados observaron a 6 jóvenes, entre los que se encontraba Huaiqui Barría. Quien, al intentar escapar, recibió un impacto de bala que le provocó la muerte.

Aunque su cuerpo se lo llevó el río y nunca se pudo dar con su paradero, el Juzgado de Garantía de Río Bueno declaró su muerte presunta.

Pero el joven de 17 años no estaba solo, puesto que se encontraba junto a su amigo José Jovin Oporto del Río. Este recibió un disparo en la espalda a altura del pulmón izquierdo, logrando sobrevivir, aunque fue detenido.

Con estos antecedentes, el ministro Álvaro Mesa, quien revisa causas por violaciones a los derechos humanos en las Cortes de Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, condenó a Mamerto Tercero Ávila González y a Carlos Emilio Galindo Ruiz a la pena de 6 años de presidio efectivo.

En específico, por el delito de homicidio simple contra Roberto Eder Huaiqui Barría y homicidio simple frustrado contra José Jovin Oporto del Río.

A esta sentencia se suma la inhabilitación perpetua para cargos y oficios públicos o políticos.

Además, se condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $600 millones por concepto de daño moral a los hermanos de Huaiqui Barría.