Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
La fiscal regional de Los Lagos, Carmen Wittwer, no descartó sumar delitos y nuevos imputados a la investigación de la presunta secta Cahuala, en Chonchi. La causa está formalizada por trata de personas con fines de explotación sexual y asociación ilícita. La persecutora calificó el trabajo como complejo por la antigüedad de los hechos y el secretismo del grupo. Los dos presuntos líderes permanecen con arraigo nacional y firma mensual.
En conversación con La Radio, la fiscal regional de Los Lagos, Carmen Wittwer, no descartó sumar nuevos delitos y más imputados en la investigación de la presunta secta Cahuala, comunidad que tiene su epicentro en Chonchi, Archipiélago de Chiloé.
En ese sentido, la persecutora confirmó que la causa está formalizada por trata de personas con fines de explotación sexual y asociación ilícita.
Además, explicó que la antigüedad de los hechos y las dificultades para investigar a grupos cerrados que operan bajo una lógica de secretismo han hecho más complejo el trabajo.
“Ha sido un trabajo complejo, un trabajo arduo, no hemos estado exentos de dificultades, pero hemos logrado finalmente formalizar la investigación por el delito de trata con fines de explotación sexual y de asociación ilícita y esperamos que esto se traduzca posteriormente en algunas condenas”, expuso Wittwer.
A ello, agregó que “está formalizada la investigación por los delitos que acabo de señalar y como la investigación está vigente, en curso, no descarto que se puedan agregar más delitos o más imputados”.
La investigación continúa y se mantiene bajo un estricto carácter de reserva y secreto judicial, en un caso que ha causado impacto a nivel nacional.
Los supuestos dos líderes de la comunidad están con medidas cautelares de arraigo nacional y firma mensual.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
Nuestra sección de OPINIÓN es un espacio abierto, por lo que el contenido vertido en esta columna es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial de BioBioChile
Estamos recopilando más antecedentes sobre esta noticia, quédate atento a las
actualizaciones.
Alerta de Spoiler
Este artículo podría contener información clave sobre la trama de un libro, serie o
película.
Advertencia de imágenes explícitas
¡Cuidado! Las imágenes de este artículo pueden herir la sensibilidad de algunas personas.
VER RESUMEN
Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
{{ post.resumen_de_ia }}
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
Violencia contra la mujer
Si eres víctima o testigo de violencia contra la mujer, denuncia al
149 de Carabineros, recibe orientación llamando al
número corto 1455 del Sernameg o pulsa para
usar el chat de orientación Sernameg
Suicidio
Si necesitas ayuda psicológica especializada o conoces a alguien que la requiera, el Ministerio
de Salud tiene un teléfono de ayuda atendida por profesionales todos los días del año y las 24 horas,
marcando desde celulares el *4141. Además, puedes recurrir a Salud Responde en el 600 360 7777.
Las personas sordas pueden recibir asistencia ingresando a
este enlace.
Transporte privado
Las aplicaciones de transporte privado pagado aún no se encuentran normadas por la legislación chilena.
Estudio científico
Este artículo se basa en un estudio científico que puede ser sometido a nuevas pruebas para ser validado o descartado. Sus resultados NO deben considerarse concluyentes.