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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Juzgado de Garantía de Temuco fijó una audiencia para el 28 de mayo para revisar la medida de prisión preventiva de Rinett Ortiz Rivera, dueña de las fundaciones Folab y Educc. Rivera está siendo investigada por la arista Manicure del caso Convenios, donde se rastrean millones destinados desde el Gobierno Regional de La Araucanía a estas entidades. Su defensor solicitó la revisión argumentando que lleva más de ocho meses privada de libertad. La Fiscalía pide 29 años de cárcel para Rivera por distintos delitos.

En la región de La Araucanía, el Juzgado de Garantía de Temuco fijó para el 28 de mayo una audiencia de revisión de la prisión preventiva que cumple Rinett Ortiz Rivera, dueña de las fundaciones Folab y Educc.

Recordemos que los convenios vinculados a dichas organizaciones fueron los que dieron origen a la ‘arista Manicure’ del caso Convenios, en el que la Fiscalía indaga el destino que tuvieron $730 millones transferidos desde el Gobierno Regional de La Araucanía a las entidades antes mencionadas.

La audiencia fue solicitada por el defensor penal privado, Iván Espinoza, quien ha sostenido que la medida cautelar más gravosa no puede ser considerada una condena anticipada, considerando que su representada lleva más de ocho meses privada de libertad.

En la acusación presentada por la Fiscalía, el Ministerio Público está solicitando para Rinett Ortiz un total de 29 años de cárcel: 15 años de presidio por fraude al fisco reiterado, 7 años por lavado de activos, 4 años por fraude al fisco frustrado y tres años por el delito de soborno.

Cabe precisar que, en el marco del mismo caso, el secretario de las Fundaciones Folab y Educc, Juvenal Ortiz Rivera, cumple con arresto domiciliario. Esto, luego de cumplir prisión preventiva por 16 meses.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)