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El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique decidió absolver a los dos hijos de Nabila Rifo, quienes fueron formalizados por el homicidio de Gerardo Bañares, pareja de su madre, hecho que ocurrió el pasado 1 de febrero en la región. La trágica noche, Rifo y sus hijos, de 20 y 17 años, se vieron envueltos en una confrontación con el conviviente de la mujer, quien los agredió verbal y físicamente. Los jóvenes reaccionaron atacando al hombre, provocando su muerte. El mayor quedó en prisión preventiva, mientras que el menor fue internado provisionalmente por ser menor de edad.
El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique decidió absolver a los dos hijos de Nabila Rifo, quienes fueron formalizados por el homicidio de Gerardo Bañares, quien era la pareja de su madre.
Recordemos que el hecho, que terminó con el mecánico de 35 años muerte, se registró el pasado 1 de febrero de este año en Coyhaique, región de Aysén.
Todo comenzó cuando Rifo estaba en la vivienda con sus hijos de 20 y 17 años. Durante esa noche, llegó quien era el conviviente de la mujer. Él comenzó a insultarla y luego lanzó piedras a la casa.
Según información policial, los dos hijos de Rifo salieron y agredieron al sujeto con golpes de pies y puños, además de un objeto contundente. Posteriormente, el herido fue trasladado a un centro asistencia, donde murió ante la gravedad de sus heridas.
Tras la audiencia de formalización, el mayor de los hermanos (20) quedó con prisión preventiva, mientras que al segundo hijo de Rifo (17) se le aplicó la medida cautelar de internación provisoria, por tratarse de un menor de edad.
Según dice el fallo, “la prueba demostró que ambos acusados estuvieron insertos desde temprana infancia en un ambiente de permanente violencia intrafamiliar y vulneración de derechos, atendidas las relaciones de pareja de la madre y consumo de alcohol, presenciando en forma constante actos de maltrato hacia aquella y que los afectaban directamente”.
De esta manera, “se desestima la acusación fiscal y, por lo tanto, se absuelve a los acusados Torres Rifo, toda vez que se acredita una causal eximente de responsabilidad”
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