El magistrado, Fernando Acuña, expuso que en base a la evidencia e intervenciones de ambas partes, no es posible llegar a establecer " la convicción de que los requeridos realmente hubieren cometido el hecho punible reprochado en el requerimiento".

Hoy, jueves 20 de abril de 2023, el Juzgado de Garantía de Puerto Cisnes dictó veredicto absolutorio de las cinco personas imputadas por el fallecimiento de Patricio Vistoso (35) y su pareja, Loreto Ibáñez (34).

El 1ro de mayo de 2017, la pareja viajaba por la Carretera Austral a la altura de Puyuhuapi, cuando fueron impactados por una roca gigante, lo que les provocó la muerte a ambos.

Los hombres absueltos son Carlos Alfonso Salgado Quiroz, Isaías Del Carmen Bórquez Pérez, José Agustín Velásquez Zamora, Héctor Daniel Bascur Sanhueza y Juan Ignacio Santander Leiva fueron las personas absueltas, quienes ejercían como jefes y supervisores de las obras encargadas de mejorar y ensanchar la ruta mencionada.

Según el magistrado Fernando Acuña, despés de apreciada la prueba rendida según legislación vigente, “los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos legales científicamente afianzados, no se ha producido acreditación de las conductas omisivas reprochadas, y respecto de las efectuadas, no existe acreditación del vínculo causal del despliegue conductual y el triste resultado dañoso producido en estos hechos”.

Por tanto, luego de recibir todas las pruebas y escuchar a las partes intervinientes, concluye que “no se adquirió más allá de toda duda razonable la convicción de que los requeridos realmente hubieren cometido el hecho punible reprochado en el requerimiento, de forma tal que les corresponda participación penada por la ley”.