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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Exfiscal adjunto de Copiapó, Renán Gallardo Ángel, no logró revertir su destitución por presunto acoso sexual, confirmada por dos funcionarias del Ministerio Público. La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó su recurso de protección, buscando anular su remoción. Las denuncias incluyeron besos sin consentimiento y conductas inapropiadas. La defensa apelará a la Corte Suprema. Gallardo argumentó vulneración de garantías constitucionales y que no hubo acoso sexual.

El exfiscal adjunto de Copiapó, Renán Gallardo Ángel, no logró revertir su destitución por las denuncias de acoso sexual que pesan en su contra por dos funcionarias del Ministerio Público. Esto, luego de que la Corte de Apelaciones de Copiapó rechazara el recurso de protección que interpuso para dejar sin efecto la sanción.

De acuerdo con lo informado por nuestro medio asociado Atacama Noticias, la acción judicial buscaba anular las resoluciones del Fiscal Nacional que confirmaron su remoción del Ministerio Público.

Tras el revés judicial, la defensa anunció que recurrirá ante la Corte Suprema para intentar revertir el fallo.

Las denuncias que pesan en su contra

El caso se originó a partir de las denuncias de dos funcionarias de la Fiscalía Regional de Atacama, quienes acusaron le acusaron de incurrir en conductas de connotación sexual mientras ejercía sus funciones.

Según sus relatos, los hechos incluyeron besos sin consentimiento, llamadas telefónicas fuera del horario laboral, acercamientos físicos considerados inapropiados, sujeción por la cintura, miradas lascivas y comentarios de carácter sexista.

A raíz de estas acusaciones, se instruyó un sumario administrativo que terminó con su remoción, la sanción más grave contemplada en la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público para un fiscal.

El recurso de protección

Frente a esta determinación, el exfiscal presentó un recurso de protección el 12 de mayo de 2026, mediante el cual solicitó dejar sin efecto el procedimiento disciplinario que culminó con su remoción.

La defensa argumentó que durante la investigación se vulneraron garantías constitucionales, entre ellas el debido proceso, la igualdad ante la ley y el derecho a defensa.

Asimismo, sostuvo que las conductas atribuidas a Gallardo no configuran jurídicamente acoso sexual, al no existir —según su planteamiento— amenazas laborales, condicionamiento de beneficios o una relación de subordinación para obtener favores sexuales.

Junto con ello, cuestionó el desarrollo del procedimiento disciplinario, afirmando que este careció de la imparcialidad necesaria y que durante la investigación se incorporaron antecedentes de los cuales no existió una posibilidad efectiva de contradicción.

Con esos argumentos, la defensa solicitó retrotraer la investigación administrativa para que fuera conocida por un investigador distinto o, de manera subsidiaria, invalidar la sanción de remoción.

El fallo y rechazo del recurso de protección

Tras analizar los antecedentes, la Corte rechazó el recurso de protección, manteniendo firme la decisión administrativa que puso término a la carrera de Renán Gallardo en el Ministerio Público.