Recordemos que Castillo se encuentra en prisión preventiva y está imputado por secuestro extorsivo y robo con violencia, delitos ocurridos en diciembre pasado.

Para este miércoles, a las 11 de la mañana, estaba fijada la audiencia para discutir el procedimiento abreviado del indultado Luis Castillo, quien recibió el beneficio en 2022 por parte del presidente Gabriel Boric.

Recordemos que Castillo se encuentra en prisión preventiva y está imputado por secuestro extorsivo y robo con violencia, delitos ocurridos en diciembre pasado.

En concreto, el indultado podría ser sometido a un juicio abreviado por plagio extorsivo y arriesga una pena de cuatro años de cárcel.

Según consignó El Mercurio, lo anterior fue solicitado por el fiscal adjunto de Copiapó, Sebastián Coya, y el defensor público de Castillo, Andrés Guerrero, al tribunal en un escrito ingresado el 21 de marzo.

No obstante, no hubo debate y se reprogramó la audiencia para el próximo 29 de abril a las 9:30 horas.

Según fuentes de Radio Bío Bío, la Fiscalía estaría necesitando el visto bueno de la Fiscalía Nacional, porque los delitos por los cuales se formaliza a Castillo son dos: secuestro y robo con intimidación.

Entonces, para proceder al juicio abreviado, tendrían que dejar de lado una de esas figuras, si no la pena no daría para encajar en un procedimiento abreviado.

Luis Castillo y juicio abreviado

Castillo fue detenido por Carabineros en diciembre pasado, tras ser acusado de cometer un secuestro en Copiapó.

Se trató de un operativo policial que terminó con la detención del indultado junto a otras cuatro personas, en pleno centro de esta ciudad.

Cabe mencionar que los indultos entregados por el presidente Boric dejaron en libertad a 12 condenados por hechos de violencia ocurridos en el contexto del estallido social y al exfrentista Jorge Mateluna.

Desde la oposición lo calificaron como “uno de los errores más graves” del Gobierno.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)