Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
La caída del Fondo E abrió distintas vías de reclamación: se han presentado cuatro recursos de protección contra AFP, uno de ellos declarado inadmisible, mientras los demás siguen en revisión. La Superintendencia investiga a siete administradoras, sin determinar responsabilidades ni aplicar sanciones. Abogados plantean que eventuales compensaciones podrían buscarse en tribunales civiles si se acreditan irregularidades. Conadecus analiza una acción colectiva, a la espera de los resultados de la investigación.
La caída de los ahorros previsionales en el “Fondo E” de las AFP mantiene abiertas distintas vías de reclamación judicial por parte de los afiliados.
Hasta ahora, se han presentado al menos cuatro recursos de protección contra las AFP Capital, UNO, Habitat y Modelo. Hasta ahora, uno de ellos, dirigido contra Capital, fue declarado inadmisible por la Corte de Santiago.
Las demás acciones siguen en revisión y existe la posibilidad de que el tema llegue posteriormente a la Corte Suprema.
A las acciones judiciales se suma una investigación de la Superintendencia de Pensiones a siete administradoras, que busca establecer si las decisiones de inversión se ajustaron a la normativa. Por ahora, no se han determinado responsabilidades ni aplicado sanciones.
La abogada y académica de la Universidad de Chile, Pamela Martínez, indicó que los recursos de protección no serían el mecanismo adecuado para solicitar compensaciones. En cambio, planteó que los afectados podrían recurrir a tribunales civiles si se comprueba que hubo irregularidades en la administración de los ahorros.
Martínez también instó a los afiliados a coordinarse y reunir antecedentes para impulsar eventuales demandas. Sobre la posibilidad de utilizar la Ley del Consumidor, sostuvo que es una alternativa que puede evaluarse, aunque existen dudas sobre si los afiliados tienen esa calidad frente a las AFP.
Por su parte, el presidente de Conadecus, Hernán Calderón, señaló que la organización analiza las opciones legales y una eventual acción colectiva, pero todavía no resuelve si presentará una demanda. La decisión dependerá de los antecedentes que surjan de la investigación de la Superintendencia.
Por ahora, Conadecus ofrece en su sitio web un modelo de recurso de protección para quienes quieran presentar acciones individuales. En tanto, no se conoce una demanda colectiva del SERNAC por este caso.
Una eventual participación del organismo dependería de que se determine si corresponde aplicar la Ley del Consumidor a la relación entre afiliados y administradoras.
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Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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