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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La exalcaldesa de Antofagasta Karen Rojo sufrió un nuevo revés, luego de que se rechazara su solicitud para acceder a libertad vigilada mientras cumple una condena de 5 años y un día por fraude al fisco. Gendarmería no recomendó sustituir la pena, pues no registra tres bimestres de buena conducta. Además, evaluó su riesgo de reincidencia como medio y advirtió necesidades de intervención en áreas como actitud procriminal, entorno familiar y falta de autocrítica.

La exalcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo, quien se mantiene cumpliendo una pena efectiva de 5 años y 1 día de presidio por el delito de fraude al fisco, sufrió un nuevo traspié, luego que fuera rechazada su solicitud de acceder a libertad vigilada.

Según el informe remitido por Gendarmería, “no se recomienda” el reemplazo de la pena de privación de libertad por el de libertad vigilada intensiva ya que “no cumple con el requisito D”, es decir, “no registra tres bimestres de muy buena o buena conducta”.

A la vez, su “riesgo general de reincidencia se califica como Medio” e identifica “áreas críticas con necesidades de intervención altas” en ítems como actitud y orientación pro criminal, pares y familia/pareja.

Por su parte, el informe califica como “moderadas” la necesidad de intervención en patrón antisocial, distorsiones cognitivas y falta de autocrítica, es decir, pese al tiempo en la cárcel, no ha logrado realizar “una reflexión crítica real sobre el delito de fraude al fisco cometido”.

Los cuestionamientos de Gendarmería

En particular, la evaluación sostiene que la exautoridad tiende a reinterpretar las conductas sancionadas como necesidades de gestión o estrategias comunicacionales legítimas. Asimismo, atribuye lo ocurrido a un exceso de confianza de su parte, lo que, según el análisis, limita el reconocimiento de su responsabilidad y del perjuicio ocasionado al Estado.

Gendarmería también incorpora su salida del país y la posterior solicitud de asilo político como antecedentes de elusión de la justicia. A juicio de los evaluadores, estas actuaciones reflejan dificultades para aceptar el marco legal cuando entra en conflicto con sus intereses.

Respecto de su entorno, el documento reconoce que cuenta con apoyo material y afectivo de sus cercanos. Sin embargo, advierte que este respaldo no se traduce en mecanismos efectivos para cuestionar sus decisiones o favorecer una reflexión sobre la conducta que motivó su condena.

La evaluación también recoge aspectos positivos, entre ellos su preparación profesional e intelectual, sus herramientas para acceder a un empleo y su adaptación a espacios estructurados, incluido el contexto penitenciario. Además, describe una adecuada participación en actividades laborales y capacitaciones durante su reclusión en Países Bajos.

Pese a ello, concluye que estos recursos no resultan suficientes para recomendar el cumplimiento del saldo de la condena en libertad. En particular, considera que las necesidades de intervención detectadas difícilmente podrían abordarse eficazmente durante los aproximadamente ocho a nueve meses restantes que contempla el análisis.

Por estos motivos, Gendarmería no sugiere sustituir la pena privativa de libertad por libertad vigilada intensiva con monitoreo telemático. El documento consigna como fecha de término de su condena el 14 de julio de 2027.

La información es de Bárbara Paillal y José Francisco Montecino.