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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El subsecretario de Justicia, Luis Silva, sostuvo ante la Corte de Apelaciones de Santiago que debió otorgarse una rebaja de 19 meses a los exagentes de la CNI Patricio González y Heraldo Velozo, condenados por el secuestro de cinco miembros del FPMR que siguen desaparecidos. Las solicitudes fueron rechazadas en 2025 y la Corte Suprema confirmó esa decisión. Silva argumentó que la ley obliga a conceder el beneficio si se cumplen los requisitos, el mismo criterio aplicado para rebajar la pena de César Acuña.

El subsecretario de Justicia, Luis Silva, defendió ante la Corte de Apelaciones de Santiago la entrega de beneficios de reducción de condena a dos exagentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), pese a que sus solicitudes habían sido rechazadas durante el gobierno anterior y esas decisiones fueron posteriormente confirmadas por la Corte Suprema.

Se trata de Patricio Leónidas González Cortez y Heraldo Velozo Gallegos, condenados por su participación en los secuestros calificados de cinco integrantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), considerados los últimos detenidos desaparecidos de la dictadura.

Ambos habían acumulado 19 meses de reducción de condena por buena conducta, pero sus solicitudes fueron rechazadas por el Ministerio de Justicia en septiembre de 2025, durante la administración de Gabriel Boric.

Sin embargo, en dos informes dirigidos a la presidenta de la Corte de Apelaciones de Santiago, Marisol Rojas Moya, Silva sostuvo que los condenados cumplían los requisitos legales y que no existían causales de exclusión para negarles el beneficio.

“Esta Subsecretaría estima que el beneficio de reducción de condena solicitado debió haberse otorgado”, concluyó la autoridad en ambos documentos.

Los rechazos que confirmó la Corte Suprema

Las solicitudes de González Cortez y Velozo fueron rechazadas mediante los decretos exentos N°3124 y N°3120, respectivamente, ambos del 24 de septiembre de 2025.

Los condenados recurrieron a la justicia para revertir esas decisiones, pero sus acciones de amparo fueron desestimadas por la Corte de Apelaciones de Santiago en noviembre de ese año.

Posteriormente, el 2 de diciembre de 2025, la Corte Suprema confirmó ambos fallos, manteniendo las decisiones adoptadas por el tribunal de alzada.

Pese a ello, Silva sostuvo en sus informes que el Ministerio de Justicia no dispone de facultades discrecionales para rechazar una reducción cuando se cumplen los requisitos establecidos en la Ley N°19.856.

En esa línea, argumentó que la gravedad del delito o la naturaleza del bien jurídico afectado no constituyen, por sí solas, causales legales de exclusión.

Para respaldar su interpretación, el subsecretario citó distintos pronunciamientos judiciales, incluidos dos fallos de la Corte Suprema de 2014, correspondientes a las causas roles N°14.259-2014 y N°23.614-2014.

Según los documentos, de haberse reconocido las reducciones, Velozo habría cumplido su condena el 22 de febrero de 2025, mientras que González Cortez habría alcanzado esa condición el 23 de septiembre del mismo año.

El mismo criterio utilizado para beneficiar a César Acuña

Los dos casos están directamente relacionados con el de César Luis Acuña Luengo, otro exagente de la CNI condenado a diez años y un día de presidio por los mismos cinco secuestros calificados.

Como reveló Bío Bío el pasado 22 de octubre, Acuña recibió una rebaja de 19 meses mediante un decreto firmado el 20 de mayo de 2026 por el subsecretario Pablo Mira Hurtado, en calidad de ministro de Justicia subrogante.

La resolución se dictó un día después de que la Corte de Apelaciones de Santiago ordenara al Ministerio pronunciarse sobre su solicitud. Sin embargo, el tribunal no obligó a conceder la rebaja, sino únicamente a resolver el requerimiento pendiente.

Antes de esa decisión, el propio Silva había defendido la procedencia del beneficio en un informe del 30 de abril, argumentando que no concurrían causales legales de exclusión.

El decreto que finalmente favoreció a Acuña recurrió a los mismos fallos de 2014 citados por Silva en los informes sobre González Cortez y Velozo, sosteniendo que el Ministerio debía otorgar la reducción cuando se cumplían los requisitos legales.

Así, mientras Acuña obtuvo el descuento de 19 meses, las solicitudes de los otros dos exagentes habían sido rechazadas durante el gobierno anterior, decisiones que fueron respaldadas por la Corte Suprema y que la actual Subsecretaría consideró que debieron resolverse de manera favorable.

El caso de los últimos cinco desaparecidos de la dictadura

Los tres exagentes fueron condenados por su participación en los secuestros calificados de Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola, detenidos por la CNI en septiembre de 1987.

Las víctimas fueron capturadas para un eventual intercambio por el coronel Carlos Carreño, secuestrado por el FPMR, pero el canje nunca se concretó.

Según los hechos establecidos judicialmente, los cinco fueron mantenidos clandestinamente en el cuartel Borgoño y posteriormente trasladados en helicóptero hasta las costas de Quintay, donde fueron arrojados al mar atados a durmientes. Sus restos permanecen desaparecidos.

La rebaja concedida a Acuña generó cuestionamientos de los familiares de las víctimas, quienes iniciaron acciones judiciales para intentar dejarla sin efecto, acusando que no fueron informados ni escuchados antes de que se otorgara el beneficio.

Este jueves, luego de que la Corte de Apelaciones de Santiago declarara inadmisible el recurso de amparo, los abogados Nelson Caucoto y Francisco Bustos solicitaron reconsiderar esa decisión y, en caso de mantenerse, que el asunto sea revisado por la Corte Suprema.

Los representantes de las familias sostienen que las rebajas de condena por crímenes de lesa humanidad deben considerar las obligaciones internacionales del Estado y la conducta de los condenados frente al esclarecimiento de los delitos.

Los informes de Silva muestran así una diferencia de criterio entre ambas administraciones: mientras el gobierno anterior rechazó las solicitudes de González Cortez y Velozo y defendió esas decisiones ante los tribunales, la actual Subsecretaría sostuvo que los beneficios debieron otorgarse.

Los antecedentes surgen en medio de los cuestionamientos al ministro de Justicia, Fernando Rabat, por las rebajas de condena concedidas durante su administración y la discusión sobre el alcance de las facultades del Ministerio para resolver estos beneficios.